Por el cual se liquida la Ley 612 del 29 de agosto de 2000 que decreta unas modificaciones en el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital

Rango Decreto
Publicación 2000-09-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de las facultades Constitucionales y Legales, en especial las señaladas en el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto y las que le confiere la Ley 612 de 2000

CONSIDERANDO:

Que el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto faculta al Gobierno para dictar el decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación;

Que en la Ley 612 de 2000 se establecen unas modificaciones al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y en la Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 2000 por un valor de $4.027.234.331.614;

Que la citada ley decretó unos traslados en el Presupuesto General de la Nación por un valor de $560.833.884.351;

Que el artículo 9º. de la citada ley autorizó al Gobierno Nacional para que en el decreto de liquidación excluyera los traslados cuyos contracréditos estuvieren comprometidos en el momento de su sanción;

DECRETA:

Artículo 1º. Presupuesto de rentas y recursos de capital.Efectúese la siguiente adición en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2000, en la suma de cuatro billones veintisiete mil doscientos treinta y cuatro millones trescientos treinta y un mil seiscientos catorce pesos moneda legal ($4.027.234.331.614), según el siguiente detalle:

RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION

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