POR EL CUAL SE HACE UN TRASLADO DENTRO DEL PRESUPUESTO EN VIGENCIA

Rango Decreto
Publicación 1932-10-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE INDUSTRIAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 2º de la Ley 64 de 1931, y

CONSIDERANDO

Que el honorable Consejo de Ministros tuvo a bien acceder al traslado propuesto por el Ministro de Industrias, en oficio número 1194, de fecha 3 del presente mes,

DECRETA:

Artículo único. Trasládase la suma de tres mil quinientos pesos ($ 3,500), del artículo 364 del capítulo 43 del Presupuesto en curso, al artículo 365, del mismo capítulo.

Dése el aviso correspondiente al señor Contralor General de la .República.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 5 de octubre de 1932.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Industrias,

Francisco José CHAUX

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