Por el cual se establece en Cravo Norte, Comisaría de Arauca, Oficina de Correos

Rango Decreto
Publicación 1917-10-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos Sin indexar
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus atribuciones legales,

decreta:

Artículo único. Desde el día primero de octubre del aíio en curso habrá en el Municipio de Cravo Norte-Comisaría de Arauca-Oficina de Correos Nacionales, servida por un Administrador de Correos, con sueldo de diez pesos ($ 10) y un peso ($ 1) para gastos de útiles de escritorio mensuales.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 27 de septiembre de 1917.

JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno, Miguel ABADIA MENDEZ.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.