por el cual se determina el personal y las asignaciones de algunas comisiones, dependientes del Departamento de Irrigación
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere la Ley 107 de 1936, y el artículo 6° de la Ley 5° de 1945,
DECRETA:
Artículo primero. A partir del primero de junio del año en curso, el personal y asignaciones mensuales de la Comisión de Desecación de los Pantanos de Fúquene, Comisión de Desecación del Valle de Sogamoso y Administración de Mariquita, Dependientes del Departamento de Irrigación del Ministerio de la Economía Nacional, serán las siguientes:
| Comisión de Desecación de los Pantanos de Fúquene. | Comisión de Desecación de los Pantanos de Fúquene. | |
|---|---|---|
| Ingeniero Jefe | $ | 500.00 |
| Ayudante - Topógrafo | 250.00 | |
| Pagador - Almacenista | 250.00 | |
| Mecánico Jefe de Palas | 240.00 | |
| Comisión de Desecación del Valle de Sogamoso. | Comisión de Desecación del Valle de Sogamoso. | |
| .Ingeniero Jefe | 500.00 | |
| Ingeniero Primer Ayudante | 350.00 | |
| Topógrafo | 250.00 | |
| Mecánico Jefe de Palas | 240.00 | |
| Dibujante | 200.00 | |
| Pagador - Almacenista | 250.00 | |
| Administración de Mariquita. | Administración de Mariquita. | |
| Almacenista - Pagador (Administrador) | 190.00 |
Artículo segundo. Por cuanto no ha habido variación en el personal ni en la denominación de los cargos de que trata el presente Decreto, no se requieren nuevos nombramientos.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 31 de mayo de 1946.
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Francisco de P. PEREZ
El Ministro de la Economía Nacional,
José Luis LOPEZ
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