Por el cual se aprueba otro del Jefe Civil y Militar del Departamento de Bolívar, sobre derechos de Aduana y precios de la sal mariana

Rango Decreto
Publicación 1902-11-22
Estado Derogada
Departamento SECRETARÍA DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,

decreta:

Artículo único. Apruébase el Decreto expedido por el Jefe Civil y Militar del Departamento de Bolívar, por el cual, y en virtud de autorización conferida por el honorable Consejo de Ministros, fija en $ 0-20 oro colombiano el derecho de introducción de 12 1/2 kilogramos de sal extranjera; en $ 20 el precio de cada 12 1/2 kilogramos de sal de grano; y en $ 10, el de cada 12 1/2 kilogramos de sal de espuma.

Quedan derogadas las disposiciones anteriores sobre derechos de introducción de la sal marina extranjera, y precios del artículo.

Dado en Bogotá, á 14 de Noviembre de 1902.

josé manuel MARROQUÍN

El Subsecretario de Gobierno, encargado del Despacho, Antonio Gutiérrez Rubio - El Ministro de Relaciones Exteriores, Felipe f. Paúl - El Ministro de Hacienda, José Ramón Lago - El Ministro de Guerra, Arisitides Fernández - El Ministro de Instrucción Pública, José Joaquín Casas.- El Ministro del Tesoro, Francisco Mendoza P.

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