Por el cual se aprueba la Resolución número 117 del Departamento Nacional de Higiene

Rango Decreto
Publicación 1933-10-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Apruébase la siguiente Resolución:

"RESOLUCION NUMERO-117 DE 1933

"(septiembre 27)

"por la cual se reorganiza la Sección primera del Lazareto de Agua de Dios.

"El Director Técnico y el Administrador General de Higiene,

"en uso de sus facultades legales, y de acuerdo con el artículo 29 de la Lev 20 de 1927,

"RESUELVEN:

"Artículo 1° En lo sucesivo la Sección del-Lazareto de Agua de Dios se denominará Sección primera, Negocios Generales, atenderá a la sustanciación de los asuntos de administración y policía, y estará a cargo de un Jefe, empleo que se crea con la asignación mensual de ciento ochenta pesos ($ 180).

"Artículo 2° El Médico Director del Lazareto podrá delegar, en el Jefe de la Sección primera, Negocios Generales, mediante resolución aprobada por el Departamento Nacional de Higiene, la facultad de dirigir o resolver por sí mismo los asuntos de administración o policía. En tal caso, el Jefe dicho ejercerá como delegado las funciones propias de los Administradores de Lazaretos, con la correspondiente responsabilidad, todo según las leves, pero sin perjuicio de la unidad de mando establecida en el Médico Director por la Resolución número 119 de 1932, aprobada por el Decreto 1155 del mismo año.

"Artículo 3° El Médico Director conservará en todo caso el carácter de agente inmediato del Departamento Nacional de Higiene, responsable de la marcha general del Lazareto, y por lo mismo seguirá siendo el conducto, regular para la correspondencia. de los .demás empleados, solicitudes de los habitantes del Lazareto, despacho de órdenes superiores, etc.

"Artículo 4° En caso de ausencia accidental o transitoria del Médico Director, será reemplazado por el Jefe de la Sección primera, Negocios Generales, en el despacho de los asuntos urgentes de administración o policía, y por el Médico que designe en los del servicio científico.

"Artículo 5° El Médico Director prestará sus servicios como. Medico Jefe de la Sección. 2ª conforme al reglamento de ésta.

"Artículo 6° Adscríbense al Sindico Proveedor de los Hospitales y Asilos del Lazareto. de Agua de Dios las funciones de Jefe de la Sección primera, Negocios Generales, interinamente.

"Sométase a la aprobación del Poder Ejecutivo.

"Comuníquese y cúmplase.

"Dada en Bogotá a veintisiete de septiembre de mil novecientos treinta y tres.

"El Director Técnico,

"Enrique Enciso

"El Administrador General,

"Alejandro Villa Alvarez"

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 5 de octubre de 1933.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Gobierno,

Gabriel TURBAY

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