Por los cuales se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de (Congreso Nacional de Presidencia de la República y Departamento Administrativo de Seguridad), por $ 12.234.455.00
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y,
considerando:
Que la Presidencia de la República y el Departamento Administrativo de Seguridad, por medio de las Resoluciones números 122, 1082, 1083, declararon sobrante la cantidad de $ 10.234.455.000 en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1977, con el objeto de que sea trasladada para incrementar apropiaciones insuficientes de sus mismos presupuestos;
Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público dictó la Resolución número 6636 de 1977, por la cual se aprueba la número 274 del mismo año, de la Comisión de la Mesa del honorable Senado de la República, que declaró sobrante la cantidad de $ 2.000.000.00 en su presupuesto de gastos de la actual vigencia, con el objeto de que sea trasladada para incrementar apropiaciones insuficientes de su mismo presupuesto;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del Decreto-ley 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió los Certificados de Reserva y Disponibilidad números 67, 69, 71 y 73 de 1977, por $ 7.716.167.00, $ 1.718.288.00, $ 800.000.00 y $ 2.000.000.00, respectivamente, para amparar los traslados presupuéstales de que trata este Decreto;
Que se han cumplido los requisitos legales necesarios,
decreta:
Artículo 1.º Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1977:
Artículo 2.º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 19 de julio de 1977.
alfonso lopez michelsen
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Abdón Espinosa Valderrama.
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