Por el cual se modifican el marcado con el número 1964 y la Resolución número 909 de 1938, sobre funciones de los Inspectores Nacionales de Educación Primaria

Rango Decreto
Publicación 1939-08-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1º Desde el día 16 del presente mes de agosto, los Inspectores Nacionales de Educación Primaria, peritos en cuestiones relativas al Escalafón Nacional del Magisterio, y a la orientación del personal docente, de que tratan el Decreto número 1964 y la Resolución número 902 de 1938, ejercerán conjuntamente ambas funciones, de tal suerte que los primeros, además de sus actividades propias, desempeñaran también las que se refieren a la orientación propiamente dicha de los maestros, y los segundos agregarán a las suyas la revisión de los institutores que les corresponda visitar, de acuerdo con las disposiciones sobre la materia.
Artículo 2º Acéptanse como válidas las fichas de maestros que antes de la fecha indicada arriba hubieren sido elaboradas, mediante autorización del Ministerio, por los Inspectores Nacionales, expertos en cuestiones relativas a la orientación y organización del magisterio.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 23 de agosto de 1939.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Educación Nacional,

Alfonso ARAUJO

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.