Por el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y a la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal de 1977 (Ministerios de Hacienda y Crédito Público, Desarrollo y Comunicaciones), por $ 271.786.157.34
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando:
Que el Gobierno Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99 del Decreto-ley 294/73, está facultado para abrir, en receso del Congreso, créditos adicionales al Presupuesto, con la aprobación del Consejo de Ministros y el concepto previo y favorable del Consejo de Estado;
Que el Gobierno Nacional ha celebrado algunas operaciones de crédito público externo, legalmente autorizadas, cuyo producto debe ser incorporado al Presupuesto para adelantar programas de desarrollo económico y social;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo número 125 del Decreto-ley 294 de 1973, el Contralor General de la República canceló en el Balance del Tesoro de la Nación reservas correspondientes a la vigencia fiscal de 1975 y expidió certificados de disponibilidad con base en cancelaciones solicitadas por los Ministerios de Hacienda y Crédito Público, Desarrollo Económico y Comunicaciones;
Que en la Tesorería General de la República existe un saldo disponible por la suma de $ 4.418.429.04, en la cuenta Depósitos Especiales Oficiales, correspondiente a remanentes por consignaciones para atender intereses de préstamos de doble paso;
Que la Dirección General de Impuestos Nacionales consignó en la Tesorería General de la República la suma de $ 803.548.30 como producto de la venta de las publicaciones de carácter tributario, lo cual constituye un recurso fiscal que puede servir de base para financiar los créditos adicionales de que trata este Decreto;
Que para amparar la apertura de los créditos presupuestales, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 101 del Decreto-ley 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió los Certificados de Disponibilidad números 7, 8, 9, 13 y 14 de 1977, por $ 803.548.30, $ 245.527.680.00, $ 4.418.429.04, $ 20.036.500.00 y $ 1.000.000.00, respectivamente;
Que con estos créditos no se excede el 25% del monto total de la Ley de Apropiaciones para la actual vigencia;
Que el Consejo de Ministros ha impartido su aprobación a los créditos propuestos y el Consejo de Estado emitió concepto previo y favorable sobre los mismos, y
Que se han cumplido los requisitos legales necesarios,
decreta:
Artículo 1° Adiciónase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la vigencia fiscal de 1977 con la cantidad de doscientos setenta y un millones setecientos ochenta y seis mil ciento cincuenta y siete .pesos con treinta y cuatro centavos ($ 271.786.157.34), que con base en los Certificados de Disponibilidad números 7, 8, 9, 13 y 14 de 1977, expedida por la Contrataría General de la República, se incorporan en los siguientes numerales;
| Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital. Ingresos corrientes. CAPITULO VIII b) Otras tasas y multas. | Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital. Ingresos corrientes. CAPITULO VIII b) Otras tasas y multas. | Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital. Ingresos corrientes. CAPITULO VIII b) Otras tasas y multas. |
|---|---|---|
| Numeral 48. Producto de la venta de las publicaciones de carácter tributario | $ | 803.548.30. |
| CAPITULO XI c) Otros recursos. | CAPITULO XI c) Otros recursos. | CAPITULO XI c) Otros recursos. |
| Numeral 96. Remanentes de consignaciones de intereses diferenciales por préstamos de Doble Paso | 4.418.429.04 | |
| Recursos de Capital. CAPITULO XII Recursos del Balance del Tesoro. | Recursos de Capital. CAPITULO XII Recursos del Balance del Tesoro. | Recursos de Capital. CAPITULO XII Recursos del Balance del Tesoro. |
| Numeral 102. Cancelación de Reservas del Balance del Tesoro 1975, financiados con Recursos Ordinarios | 1.000.000.00 | |
| Numeral 103. Cancelación de Reservas de Apropiaciones de la vigencia de 1975, financiadas con el producto del empréstito AID 514 W-074 | 132.077.680.00 | |
| Numeral 104. Cancelación de Reservas de Apropiación de la vigencia de 1975, financiadas con el producto del empréstito AID 514-U 074 | 113.450.000.00 | |
| CAPITULO XIII Recursos del Crédito. b) Recursos del Crédito Externo. | CAPITULO XIII Recursos del Crédito. b) Recursos del Crédito Externo. | CAPITULO XIII Recursos del Crédito. b) Recursos del Crédito Externo. |
| Numeral 124. Equivalente en pesos del producto del préstamo 514-T 077, celebrado con la AID, utilizable en 1977 para fomento y desarrollo cooperativo | 20.036.500.00 | |
| Suman los Recursos | $ | 271.786.157.34 |
Artículo 2° Con base en los recursos de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal de 1977:
| Claves: Funcional; 112. | Claves: Funcional; 112. | Claves: Funcional; 112. | Claves: Funcional; 112. | Claves: Funcional; 112. | Claves: Funcional; 112. |
|---|---|---|---|---|---|
| Art. | |||||
| 2 | 11. | 1401. | Sueldos del personal de nómina | $ | 315.000.00 |
| 3 | 11. | 1402. | Gastos de representación | 25.000.00 | |
| 9 | 11. | 1408. | Prima de Navidad | 132.000.00 | |
| 11 | 11. | 1410. | Prima técnica | 707.000.00 | |
| 12 | 11. | 1411. | Prima de vacaciones | 84.000.00 | |
| 36 | 12. | 1417. | Compra de equipo | 2.108.429.04 | |
| 37 | 12. | 1418. | Viáticos y gastos de viajes | 417.000.00 | |
| 39 | 12. | 1420. | Servicios públicos | 50.000.00 | |
| 40 | 12. | 1421. | Materiales y suministros | 80.000.00 | |
| 41 | 12. | 1422. | Impresos y publicaciones | 500.000\00 | |
| Claves: Funcionamiento:112 | Claves: Funcionamiento:112 | Claves: Funcionamiento:112 | Claves: Funcionamiento:112 | Claves: Funcionamiento:112 | Claves: Funcionamiento:112 |
| Art | |||||
| 60 | 12 | 1428. | Aporte al Fondo de Divulgación Tributaria | $ | 803.548.30 |
| 06 | 263 | 5679. | Para entregar al Banco de la República, en desarrollo del contrato de administración celebrado con el Gobierno Nacional para Programas de Fomento y Desarrollo Cooperativo a través de CECORA | 20.036.500.00 | |
| 66 | 263. | 5680. | Para entregar al Instituto Nacional de Fomento Municipal, en calidad de préstamo, bajo la modalidad fijada por el Decreto 505 de 1974, con destino a adelantar un programa de acueducto y alcantarillado en ciudades intermedias | 113.450.000.00 | |
| 263. | 5681. | Para entregar a la Corporación Financiera Popular, en calidad de préstamo, bajo la modalidad fijada por el Decreto 505 de 1974, para adelantar un programa de desarrollo de la pequeña y mediana industria | 100.987.680.00 | ||
| Art. | |||||
| 47 | 263. | 6302-A. | Para entregar a la Corporación Financiera Popular, con destino al programa de Asistencia Técnica establecida en el contrato 514-W074 | 31.090.000.00 | |
| 43 | 420. | 6805. | Pago de pasivos exigibles, según Certificado de Disponibilidad número 14 de 1977 | 1.000.000.00 | |
| Suman los Créditos Adicionales | $ | 271.786.157.34 | 271.786.157.34 |
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 19 de julio de 1977.
alfonso lopez michelsen
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Abdón Espinosa Valderrama.
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