Que devuelve al Ministerio de Hacienda el conocimiento de ciertos asuntos
El Vicepresidente de la República encargado del Poder Ejecutivo,
En ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 132 de la Constitución,
decreta :
Artículo único. Devuélvese al Ministerio de Hacienda el conocimiento de los asuntos relativos á las Salinas de Cumaral y Upín y Muneque.
Queden en estos términos derogados los Decretos números 5 (9 de Enero) y 73 (26 de Febrero) de 1896.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Tena (Departamento de Cundinamarca), á 27 de Abril de 1896.
- M. A. CARO. -El Ministro de Gobierno, Manuel Casablanca.
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