por el cual se aplaza la entrada en vigencia del Decreto 4665 de 2005

Rango Decreto
Publicación 2006-01-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, con sujeción a los artículos 3º de la Ley 6º de 1971 y 2º de la Ley 7º de 1991,

DECRETA:

Artículo 1º. Modifícase el artículo 9º del Decreto 4665 de 2005, el cual quedará así:

"Artículo 9º.Vigencia. El presente decreto rige a partir del 1º de marzo de 2006, previa su publicación".

Artículo 2º. Este Decreto rige a partir de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 24 de enero de 2006.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alberto Carrasquilla Barrera.

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,

Jorge Humberto Botero Angulo.

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