Por el cual se modifica el artículo 2º del Decreto número 1463 del 27 de mayo de 1985
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1°. Los viáticos autorizados a la doctora Noemí Sanín Posada, Ministra de Comunicaciones, en el artículo 2° del Decreto número 1463 de mayo 27 de 1985, se pagarán con cargo a la Cuenta Cuarenta por ciento (40%) Canje Internacional Encomiendas.
Artículo 2°. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 20 de junio de 1985.
BELISARIO BETANCUR
La Ministra de Comunicaciones,
Noemí Sanín Posada.
La Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Liliam Suárez Melo.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.