Por el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de apropiaciones para la vigencia fiscal de 1962, (Ministerio de Obras Públicas), por $ 1.386.224.00

Rango Decreto
Publicación 1962-07-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus atribuciones legales, y en cumplimiento de las normas del artículo 212 de la Constitución Nacional y las del Decreto legislativo 0164 de 1960 (Ley 141'de 1961), y

CONSIDERANDO:

Que el Consejo de Ministros en su sesión de fecha 30 de mayo del año en curso, según consta en el acta respectiva, impartió su aprobación a la apertura de créditos adicionales al Presupuesto de la vigencia fiscal en curso, para atender gastos de urgente necesidad para la buena marcha de la Administración Pública;

Que el Contralor General de la República, expidió el Certificado de Disponibilidad número 16 de fecha 16 de mayo del presente año, para atender a los nuevos créditos adicionales;

Que el Consejo de Estado en sesión celebrada el 7 de junio del presente año, emitió concepto favorable a la apertura de los mencionados créditos adicionales a la Ley de Apropiaciones vigente,

DECRETA:

Artículo 1°. Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1962 con la cantidad de un millón trescientos ochenta y seis mil doscientos veinticuatro pesos ($ 1.386.224), moneda legal, que con base en el Certificado de Disponibilidad, expedido por el Contralor General de la República, se incorpora con imputación al siguiente numeral:

AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 30854 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 4

Artículo 2°. Con base en el nuevo recurso fiscal de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Inversión para la vigencia fiscal de 1962:

AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 30854 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 4

Artículo 3°. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 28 de junio de 1962.

ALBERTO LLERAS

El Ministro de Fomento, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público, Aurelio Camacho

Rueda.

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