Por el cual se eliminan varios puestos y se crean otros en el ramo de Guerra

Rango Decreto
Publicación 1930-10-15
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades que le confiere la Ley 3° de 1930,

DECRETA:

Artículo 1° Con fecha primero de los corrientes, se eliminan los siguientes puestos en el Ministerio de Guerra:

Un Teniente Coronel, Adjunto al Departamento número 1-Secretaría.

Un Capitán, Oficial de Correspondencia del Departamento número 1.

Un Mecanógrafo del Departamento número 1-Secretaría.

Un Mecanógrafo del Archivo (Departamento número 1--Secretaría); y

Un Mecanógrafo del Departamento número 3-Inspección General.

Artículo 2° Créase el puesto de Adjunto al Departamento número 1-Secretaría, del Ministerio de Guerra, con la asignación mensual de cien pesos ($ 100), y nómbrase para desempeñarlo al señor Julio Ortega Otálora, quien viene ejerciendo el cargo de Mecanógrafo.

Parágrafo. La novedad anterior se causará también con fecha primero del presente mes.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 7 de octubre de 1930.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Guerra,

Agustín MORALES OLAYA

Digitó: CC.52.741.900

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