Por el cual se hace un nombramiento en el Cuerpo Auxiliar del Órgano Judicial

Rango Decreto
Publicación 1938-10-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de la autorización que le confiere el artículo 76 del Decreto legislativo número 190 de 1934,

DECRETA:

Artículo 1°. Créase una Comisión para que elabore, con el Secretario General del Ministerio de Gobierno y con el Director del Departamento de Justicia del mismo Ministerio, en la formación de un proyecto de Código Nacional de Policía.
Artículo 2°. Nómbrase a los doctores Julio Roberto Salazar Ferro y Miguel Santamaría Caro, para integrar la Comisión Redactara del Código Nacional de Policía.
Artículo 3°. La Comisión durará en ejercicio de sus funciones por el término de un año, contado desde la fecha de este Decreto, y los miembros, doctores Salazar Ferro y Santamaría Caro, devengarán diez pesos ($ 10) por cada sesión.
Artículo 4°. La Comisión Redactora tendrá las siguientes funciones:

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 16 de septiembre de 1938.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Gobierno,

Carlos LOZANO Y LOZANO

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