Por el cual se reforma el Decreto número 1461, de 26 de julio del presente año, sobre Presupuesto de gastos de la Comisaría Especial del Vichada
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de bus facultades legales,
decreta:
Artículo único. Los sueldos de los empleados de la Comisaria del Vichada, en la vigencia de 1º de enero a 31 de diciembre del presente año, serán los señalados por la Ley 72 de 1919, así:
| Del Secretario del Alcalde de Manipures, a $ 30 mensuales | $ | 360 |
|---|---|---|
| Del Corregidor de Iboto, a $ 25 mensuales | 300 |
Parágrafo. Queda así reformado el Decreto número 1461, de 26 de julio de 1920.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 8 de septiembre de 1920.
MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Gobierno, Luis CUERVO MARQUEZ.
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