Por el cual se adiciona el Decreto número 1391 de 1942

Rango Decreto
Publicación 1942-07-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1°. Las características de los bonos que se propone emitir el Instituto de Fomento Industrial, y que tienen la garantía del Gobierno Nacional, en los términos del Decreto 1391 del presente año, son las siguientes:

Monto de la emisión, $ 1.500,000.

Interés, cuatro por ciento (4%) anual.

Plazo, treinta (30) años.

Sistema de amortización: en no menos de un 50% por medio de sorteos trimestrales a la par, y hasta en un 50%, mediante compras en mercado abierto.

Fecha de emisión y épocas de los sorteos y pago de intereses las que se acuerden entre el Instituto de Fomento Industrial y el banco que actúe como fideicomisario del empréstito.

Artículo 2°. Este Decreto regirá desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 15 de julio de 1942.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público

Carlos LLERAS RESTREPO

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