Por el cual se hace una distribución en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970 (Ministerio de Salud Pública), por $ 185.391.00
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades, legales, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 11 de 1969, corresponde al Gobierno Nacional distribuir las partidas que así lo requieran liquidadas en el presupuesto de gastos, mediante decretos que solamente requerirán de la firma del Ministro de Hacienda y Crédito Público, previo estudio de la Dirección General del Presupuesto, teniendo, en cuenta las solicitudes de los respectivos Ministerios y Departamentos Administrativos y los requisitos exigidos en el texto de cada apropiación;
Que el Ministerio de Salud Pública ha propuesto la distribución de la suma de $. 185.391.00, apropiada en el Capítulo 231, programa 256, artículo 2432, ordinal 9, del Presupuesto de Funcionamiento de la actual vigencia, y
Que la Dirección General del Presupuesto ha estudiado y encontrado conveniente y ceñida a las disposiciones legales, la distribución propuesta,
DECRETA:
Artículo 1°. Hacer la siguiente distribución en el presupuesto de la vigencia fiscal de 1970:
Presupuesto de Funcionamiento
Ministerio de Salud Pública
CAPITULO 231
Ministerio de Salud Pública
Programa 256
Sostenimiento de hospitales, puestos y centros de salud
| 203 352 412 | Artículo 2432. Aportes para sostenimiento de hospitales, puestos y centros de salud, en el Departamento del Meta. | |
|---|---|---|
Ordinal 9. Con destino al servicio seccional de salud del Meta, para cubrir las necesidades ,del servicio en relación con el sostenimiento de hospitales, centros y puestos de salud, para incrementar las partidas en aquellos casos en que se compruebe por la institución la necesidad del aumento, o para apropiar, a las no incluidas en la anterior distribución $ 185.391.00.
AQUI PDF DIARIO OFICIAL N. 33159 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÀG. 4
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 8 de septiembre de 1970.
MISAEL PASTRANA BORRERO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alfonso Patiño Rosselli.
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