Por el cual se destina una partida

Rango Decreto
Publicación 1941-10-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. De los fondos apropiados en el artículo 777, capítulo 61, de la Ley de Apropiaciones vigente, destinase la cantidad de cuatrocientos cincuenta pesos ($ 450) para atender al pago de los servicios de energía, agua, aseo, material de enseñanza, útiles de escritorio y demás, gastos del Colegio Académico de Cartago, durante los meses de octubre a diciembre, inclusive, del presente año, a razón de $ 150 mensuales.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 30 de septiembre de 1941.

EDUARDO SANTOS

Ei Ministro de Educación Nacional,

Guillermo NANNETTI

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