por el cual se establecen las normas que regulan el régimen de prestaciones sociales de los empleados públicos del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y se dictan otras disposiciones
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere el artículo 4 de la Ley 55 de 1990,
DECRETA:
Artículo 1°. Derogado.
Artículo 2°. Derogado.
Artículo 3°. Derogado.
Artículo 4°. Derogado.
Artículo 5°. Derogado.
Artículo 6°. Derogado.
Artículo 7°. Derogado.
Artículo 8°. Derogado.
Artículo 9°. Derogado.
Artículo 10. Derogado.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 3 de julio de 1991.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Fabio Villegas Ramirez
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