Por el cual se traslada una partida en el Presupuesto de Gastos de 1909

Rango Decreto
Publicación 1909-02-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Trasládase en el Presupuesto de Gastos del año económico de 1909, del Departamento del Tesoro, capítulo 59, artículo 307, la cantidad de $15,535, á las imputaciones siguientes:

MINISTERIO DE INSTRUCCIÓN PUBLICA

DEPARTAMENTO DE INSTRUCCIÓN PUBLICA

Capítulo 77.

Instrucción Industrial y Comercial.

Artículo 360. Para gastos del Asilo de Niños Desamparados, Escuela central de Artes y Oficios, así:

4° Para alumbrado $ 180 180 180
Capítulo 79.
Instrucción profesional.
Facultad de Matemáticas é Ingeniería.
Artículo 371. Sueldos de los empleados:
6°. Del Portero, en el año $ 180
Deducción del 15 por 100 27 153 153
Capítulo 81.
Circunscripción Escolar de Barranquilla - Auxilios.
Artículo 396 - A. Para auxiliar la Escuela Nocturna de Barranquilla $ 3,000 3,000
Capítulo 82.
Circunscripción Escolar de Bogotá.
Artículo 403. Para alumbrado de las Escuelas Nocturnas de Bogotá y del Distrito Capital $ 2,000
Artículo 403-A. Para arrendamiento de locales para Escuelas de Bogotá 2,000
Artículo 407-A. Para sostenimiento de dos Escuelas Primarias en Bogotá, á $960 cada uno 1,920 5,920
Capítulo 91.
Circunscripción Escolar de Popayán.
Enseñanza secundaria.
Artículo 514. Para sueldos de los empleados de la Escuela Normal de Institutoras:
6°. Del Capellán, en el año $ 120
Deducción 15 por 100 18 102
Auxilios.
Artículo 517 -A. Para auxiliar el Liceo de Señoritas $ 600
Instrucción profesional.
Artículo 519. Para subvencionar la Universidad de Popayán 5,580 6,282
Suma $ 15,55

Parágrafo. Las Oficinas ordenadoras y pagadoras describirán en sus libros las operaciones á que da lugar el presente Decreto.

Publíquese.

Dado en Bogotá, á 15 de Febrero de 1909.

R. REYES

El Subsecretario de Hacienda encargado del Despacho,

LINO DE POMBO

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