Por el cual se modifica el Decreto número 1302 de 1939

Rango Decreto
Publicación 1940-02-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 54 de 1939,

DECRETA:

Artículo 1.° Reorganízase el servicio de Radiodifusora de la Sección sexta de Extensión Cultural del Ministerio de Educación Nacional, a partir del 1.° de febrero próximo, así:
Mensual. Anual.
Un Director, en 11 meses, de febrero a diciembre $ 300.00 3,300.00
Un Secretario, id 160.00 1,760.00
Una Mecanógrafa, id 75.00 825.00
Un primer Locutor, id 140.00 1,540.00
Un segundo Locutor, id 120.00 1,320.00
Una Locutora, id 80.00 880.00
Un Chofer 80.00 880.00
Un Celador de Transmisores, id 50.00 550.00
Un Celador, Portero de los Estudios, id 50.00 550.00
Total $ 11,605.00
Artículo 2.° A partir del l.° de febrero próximo, suprímese el puesto de Catalogador primero del Archivo Histórico Nacional-Sección 5ª Biblioteca y Archivos Nacionales del Ministerio de Educación, y créanse los puestos de Ayudantes de Paleografía y de Mecanógrafa, con sueldo de $ 60.00 mensuales cada uno:
Artículo 3.° En los términos del presente Decreto queda modificado el marcado con el número 1302 de 1939.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 31 de enero de 1940.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

El Ministro de Educación Nacional,

Alfonso ARAUJO

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