Por el cual se habilita el puerto de Barranquilla, para la exportación de platino

Rango Decreto
Publicación 1928-09-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la. República de Colombia,

en uso de sus facultades légales, y .

CONSIDERANDO

Que algunas de las casas exportadoras de platino procedente de la Intendencia del Chocó, han radicado sus negocios sobre el particular en l a ciudad de Barranquilla,

DECRETA:

Artículo único. Desde la publicación del presente Decreto podrá verificarse por el puerto de Barranquilla la exportación del platino procedente de la Intendencia del Chocó.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 8 de septiembre de 1928.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Esteban JARAMILLO

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