por el cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969 (Ministerio de Obras Públicas), por $ 5.891.404.44

Rango Decreto
Publicación 1969-10-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que por medio del numeral 3° del artículo 55 de la Ley 35 de 1968, se facultó al Gobierno Nacional para abrir créditos, por decreto, a partir del 1° de enero de 1969, y efectuar los traslados dentro de las apropiaciones para gastos de funcionamiento e inversión que requiera la buena marcha de la administración pública, el cumplimiento del programa de inversiones, los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito y la reforma administrativa;

Que el Gobierno Nacional, por medio de las Resoluciones Ejecutivas números 345 y 353 de 1969, declaró sobrantes y por lo tanto disponibles algunos saldos de apropiación en el Presupuesto de Gastos del Ministerio de Obras Públicas, por un total de $ 5.891.404.44, con el objeto de utilizar el recurso para financiar la apertura de unos créditos adicionales al mismo Presupuesto;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley número 1675 de 1964, el Auditor General del Ministerio de Obras Públicas expidió los Certificados de Reserva y Disponibilidad números 7 y 8 de 1969, por un total de $ 5.891.404.44, para amparar los créditos presupuestales de que trata este Decreto, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

decreta:

Artículo 1° Hácense los siguientes contracréditos en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969:

Adjunto PDF, Página 3.

Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969:

Adjunto PDF, Página 3.

Artículo 3° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 11 de octubre de 1969.

Carlos lleras Restrepo

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.

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