Por el cual se dispone la continuación de los trabajos dela vía del Noroeste (Zipaquirá al Socorro)

Rango Decreto
Publicación 1926-10-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 7ª del corriente año apropió la cantidad de cuarenta y cuatro mil novecientos noventa y nueve pesos con noventa y nueve centavos ($ 44.999.99), para la continuación de los trabajos de la vía nacional del Noroeste: y

Que en concepto de la Dirección General de Caminos y de los Directores del Ferrocarril del Norte, el camino en referencia puede ser administrado por los Ingenieros de la vía férrea acabada de nombrar, con grandes ventajas para ambas obras,

DECRETA:

Artículo 1º. Bajo la dirección de los Ingenieros del Ferrocarril del Norte y en la forma que indique el Superintendente de esta empresa, se procederá a reorganizar los trabajos de conservación, mejora y construcción de la vía nacional del Noroeste.
Artículo 2º. Los fondos de la vía serán manejados por un Cajero Contador, empleado que prestará la fianza legal necesaria antes de posesionarse y que tendrá, además de las funciones inherentes a estos puestos, la obligación especial de verificar personalmente los pagos a que hubiere lugar. Este empleado devengará $ 180 mensuales.
Artículo 3º. Para desempeñar el cargo de Cajero Contador de que trata el artículo anterior, nómbrase al señor don Anselmo León Gómez.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 8 de octubre de 1926.

MIGUEL ABADIA MENDEZ-El Ministro de Obras Públicas, Mariano OSPINA PEREZ.

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