por el cual se aprueba el Acuerdo número 350 de 1985, de la Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales, que modifica la planta de personal de la Seccional Antioquia correspondiente al Instituto de Seguros Sociales

Rango Decreto
Publicación 1986-05-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales,

DECRETA:

ARTICULO 1° Apruébese el Acuerdo número 359 del 24 de octubre de 1985, de la Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales, cuyo texto es el siguiente:

ACUERDO NUMERO 350 de 1986

(octubre 24)

por el cual se modifica la planta de personal de la Seccional Antioquia del Instituto de Seguros Sociales.

La Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales, en ejercicio de las facultades que le confiere el literal n) del artículo 55 del Decreto - ley 1650 de 1977 y de conformidad con los Decretos - leyes 1651, 1652, 1700 de 1977 y 1313 de 1978,

ACUERDA:

Artículo 1° Suprimir los siguientes empleos en la planta de personal de la Seccional Antioquía del Instituto de Seguros Sociales:

Dependencia, áreas y unidades funcionales. Dependencia, áreas y unidades funcionales. Dependencia, áreas y unidades funcionales. Dependencia, áreas y unidades funcionales. Dependencia, áreas y unidades funcionales.
No. de cargos Denominación Dedicación Clase Grado
a) UPZ 07 Occidente Clínica de Bello a) UPZ 07 Occidente Clínica de Bello a) UPZ 07 Occidente Clínica de Bello a) UPZ 07 Occidente Clínica de Bello a) UPZ 07 Occidente Clínica de Bello
Servicios de Apoyo Servicios de Apoyo Servicios de Apoyo Servicios de Apoyo Servicios de Apoyo
Radiodiagnóstico Radiodiagnóstico Radiodiagnóstico Radiodiagnóstico Radiodiagnóstico
1 Médico Especialista (radiología) Completa III 38
b) UPZ 08 (centro Oriente) Consultorio Central b) UPZ 08 (centro Oriente) Consultorio Central b) UPZ 08 (centro Oriente) Consultorio Central b) UPZ 08 (centro Oriente) Consultorio Central b) UPZ 08 (centro Oriente) Consultorio Central
Servicios de Apoyo Servicios de Apoyo Servicios de Apoyo Servicios de Apoyo Servicios de Apoyo
1 Médico Especialista (radiología) Completa III 38

Artículo 2° Crear los siguientes empleos en la Plantas de personal de la Seccional Antioquía, del Instituto de Seguros Sociales:

Dependencia, áreas y unidades funcionales. Dependencia, áreas y unidades funcionales. Dependencia, áreas y unidades funcionales. Dependencia, áreas y unidades funcionales. Dependencia, áreas y unidades funcionales.
No. de cargos Denominación Dedicación Clase Grado
a) Sede Administrativa a) Sede Administrativa a) Sede Administrativa a) Sede Administrativa a) Sede Administrativa
Secretaría General Secretaría General Secretaría General Secretaría General Secretaría General
Subgerencia de Recursos Físicos Subgerencia de Recursos Físicos Subgerencia de Recursos Físicos Subgerencia de Recursos Físicos Subgerencia de Recursos Físicos
1 Secretario Completa II 15
Subgerencia Financiera Subgerencia Financiera Subgerencia Financiera Subgerencia Financiera Subgerencia Financiera
1 Secretaria Completa II 15
b) UPZ 06 Sur - Localidad de Itagui b) UPZ 06 Sur - Localidad de Itagui b) UPZ 06 Sur - Localidad de Itagui b) UPZ 06 Sur - Localidad de Itagui b) UPZ 06 Sur - Localidad de Itagui
Dirección Dirección Dirección Dirección Dirección
1 Secretaria Completa II 15
c) UPZ 07 Occidente Clínica de Bello c) UPZ 07 Occidente Clínica de Bello c) UPZ 07 Occidente Clínica de Bello c) UPZ 07 Occidente Clínica de Bello c) UPZ 07 Occidente Clínica de Bello
Servicios de Apoyo Servicios de Apoyo Servicios de Apoyo Servicios de Apoyo Servicios de Apoyo
Radiodiagnóstico Radiodiagnóstico Radiodiagnóstico Radiodiagnóstico Radiodiagnóstico
2 Médico Especialista (radiología) Parcial(4hs) III 38
d) UPZ 08 (centro Oriente) Consultorio Central d) UPZ 08 (centro Oriente) Consultorio Central d) UPZ 08 (centro Oriente) Consultorio Central d) UPZ 08 (centro Oriente) Consultorio Central d) UPZ 08 (centro Oriente) Consultorio Central
Servicios de Apoyo Servicios de Apoyo Servicios de Apoyo Servicios de Apoyo Servicios de Apoyo
Radiodiagnóstico Radiodiagnóstico Radiodiagnóstico Radiodiagnóstico Radiodiagnóstico
2 Médico Especialista (radiología) Parcial(4hs) III 38

Artículo 3 Los cargos que se crean por el presente Acuerdo serán provistos con las personas vinculadas, en forma permanente, al Instituto con anterioridad a la fecha de expedición de este Acuerdo y que no se encuentren incorporadas a las plantas de personal.

Artículo 4 Las personas que sean nombradas en los empleos de que trata este Acuerdo, continuarán percibiendo la asignación básica mensual que estén devengando en el momento de su posesión, si ésta fuere superior a la que corresponde al grado del empleo en que fue designado, de conformidad con lo previsto en el artículo 9 del Decreto - ley 1313 de 1978.

Artículo 5 El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, deroga el Acuerdo número 299 de julio 5 de 1984 y demás disposiciones que le sean contrarias y para su validez requiere la aprobación decreto del Gobierno Nacional.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a los veinticuatro (24) días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y cinco (1985) .

El Presidente, ( Fdo.) Jorge Carrillo Rojas.

La Secretaria, ( Fdo.) Marina Camacho De Samper.

ARTICULO 2ºEl presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Comuníque se, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 23 de mayo de 1986.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hugo Palacios Mejia.

El Ministro de Trabajo y Seguridad Social

Jorge Carrillo Rojas.

La Jefe del Departamento Administrativo del

Servicio Civil,

Ericina Mendoza Saladen.

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