POR EL CUAL SE DICTAN UNAS DISPOSICIONES Y SE HACEN UNOS NOMBRAMIENTOS PARA EL MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS

Rango Decreto
Publicación 1930-10-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
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POR EL CUAL SE DICTAN UNAS DISPOSICIONES Y SE HACEN UNOS NOMBRAMIENTOS PARA EL MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo l° A contar desde la fecha del presente Decreto, restablécese la Oficina de Caja de la Central de Telégrafos de Bogotá, con el siguiente personal y asignaciones mensuales:
Un Cajero, con, $ 180.
Un Ayudante, con $ 100.
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Artículo 2° Hácense los siguientes nombramientos para los puestos de que trata, el artículo anterior: Cajero, señor Agustín Defrancisco. Ayudante, señor Juan Francisco Gómez.
Artículo 3° Redúcese a $ 170 mensuales el sueldo del Cajero de la Contaduría Pagadora del Ministerio, y nómbrase para desempeñar este puesto al señor Agustín Ferreira, en reemplazo del señor Agustín Defrancisco, quien pasa a otro puesto.
Artículo 4° Suprímese el puesto de Ayudante de la Contaduría Pagadora del Ministerio, y Créase para esta Oficina una plaza de Conserje, con un sueldo mensual de $ 60.
Artículo 5° Hácense los siguientes nombramientos para la Contaduría Pagadora del Ministerio:

Escribiente, señorita Mercedes, Suárez García, en reemplazo del señor Juan Francisco Gómez, quien pasa a otro puesto.

Conserje, señor Carlos E. Yepes.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 7 de octubre de 1930.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Correos y Telégrafos,

Tulio Enrique TASCON

Digitó: CC.52.741.900

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