Por el cual se delega a la Intendencia Nacional del Chocó la construcción de un trayecto de carretera
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
Que para dar al servicio en el año próximo los nuevos pabellones construidos para la Escuela Normal Rural de Varones de Quibdó, hoy clausurada debido a las pésimas condiciones higiénicas del local en que venía funcionando, es indispensable la construcción de un ramal que comunique la mencionada Escuela con la carretera Istmina-Quibdó, y el trayecto de esta misma carretera entre el punto de encuentro del ramal y la ciudad de Quibdó; y
Que dicho trayecto de carretera es igualmente necesario para la obra del acueducto de Quibdó,
DECRETA:
Artículo 1° Delégase a la Intendencia Nacional del Chocó la construcción del ramal de carretera destinado a comunicar la Escuela Normal de Quibdó con la carretera Istmina-Quibdó, y la ejecución del trayecto de esta misma vía entre el punto de encuentro del mencionado ramal a la ciudad de Quibdó, carretera que también es urgente construir para el adelanto de los trabajos del acueducto de esta ciudad.
Artículo 2° Los fondos para la construcción de los mencionados trayectos de carretera, se tomarán: $8.000, de la partida del capítulo 67, artículo 1171, y $10.000, del capítulo 89, artículo 1491, del Presupuesto vigente. Estas sumas serán giradas al Tesorero de la Intendencia del Chocó, quien, para su manejo, deberá llenar los requisitos que exija la Contraloría General de la República.
Artículo 3° En la ejecución de esta obra, la Intendencia del Chocó se ceñirá a las1 normas establecidas por la Dirección General de Carreteras y Ferrocarriles Nacionales del Ministerio de Obras Públicas, y rendirá, informes mensuales a esta dependencia y a la Dirección de Edificios, sobre el adelanto de la misma.
Artículo 4° El Tesorero Intendencial queda obliagdo a rendir las cuentas de inversión de los fondos de que se trata, a la Autoría Fiscal de Obras Públicas.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 5 de septiembre de 1940.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social,
José Joaquín CAICEDO CASTILLA
El Ministro de Educación Nacional,
Jorge Eliécer GAITAN
El Ministro de Obras Públicas,
Francisco RODRIGUEZ MOYA
Digitó: CC1.023.922.646
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