Por el cual se aumenta una partida de gastos en el servicio consular
El Presidente de la. República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo único. A partir del 1° de los corrientes, auméntase en cien pesos ($ 100) la partida de gastos del Consulado General de Colombia en Genova.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 10 de octubre de 1933.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Educación Nacional, encargado del Despacho de Relaciones Exteriores.
Pedro M. CARREÑO
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