Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Trabajo, Higiene y Prevención Social y de Educación Nacional)

Rango Decreto
Publicación 1944-08-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 7 de julio del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados en la Ley de Apropiaciones vigente, según consta en el acta respectiva,

DECRETA:

Artículo 1°. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:

DEL MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL

Capítulo 71.

Del articulo 1186 Para auxiliar al Stadium de Deportes, de Magangué $ 5.000.00
Del artículo 1189. Para construcción de escuelas rurales en el Municipio de San Onofre, Bolívar. 10.000.00
Suman los contracréditos 15.000.00
AL MINISTERIO DE TRABAJO. HIGIENE Y PREVISION SOCIAL Capítulo 42. Al artículo 481. Para estudios del acueducto de Sincelejo $ 15.000.00
Suman los créditos $ 15.000.00
Artículo 2º. El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 19 de julio de 1944.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Gonzalo RESTREPO

E Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social,

Adán ARRIAGA ANDRADE

El Ministro de Educación Nacional.

Antonio ROCHA

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.