Por el cual se hacen unos contracréditos y se abre un crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969 (Ministerios de Justicia y Salud Pública), por $ 15.752.777.34
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que por medio del numeral 3° del artículo 55 de la Ley 35 de 1968, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir, por decreto, a partir del 1° de enero de 1969, los créditos adicionales al Presupuesto y efectuar los traslados que requiera la buena marcha se la Administración Pública, el cumplimiento de los programas de inversión, los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito y la Reforma Administrativa;
Que por medio de la Resolución ejecutiva número 344 de 1969, el Gobierno Nacional declaró sobrantes y disponibles para ser contracreditados, los saldos de apropiación de la División de Menores del Ministerio de Justicia, por un total de $ 15.752.777.34, con el objeto de incorporarlos en el presupuesto del Ministerio de Salud Pública, con destino al Instituto de Bienestar Familiar, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto número 1088 de 1969;
Que el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 49 de 1969, por $ 15.752.777.34, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley 1675 de 1964, para amparar el crédito presupuestal de que trata este Decreto, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios.
DECRETA:
Artículo 1° Hácense los siguientes contracréditos en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969:
Adjunto PDF, Página 4.
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969:
Adjunto PDF, Página 4.
Artículo 3° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá. D. E., a 11 de octubre de 1969.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Abdón Espinosa Valderrama.
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