Por el cual se aumentan unas asignaciones en el Ministerio de Obras Públicas

Rango Decreto
Publicación 1945-07-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que al Pagador-Contador y al Almacenista de las obras de la Escuela Normal y Cuarteles de Santa Marta se les han adscrito las mismas funciones en las obras portuarias de dicha ciudad, lo que les ocasiona un recargo de trabajo y mayor responsabilidad,

DECRETA:

Artículo primero. Fijase en doscientos cincuenta pesos ($ 250) mensuales, sin derecho a prima móvil, los sueldos del Pagador Contador y del Almacenista de las obras de la Escuela Normal y Cuartel de Santa Marta.
Artículo segundo. La asignación de cada uno de los empleados mencionados, se pagará así: $ 100 por la obra de la Escuela Normal, $ 50 por la obra de los Cuarteles, y $ 100 por las obras portuarias de Santa Marta.
Artículo tercero. Cuando cualquiera de las obras mencionadas en el artículo anterior quedare terminada o suspendida por falta de fondos para continuarla, los sueldos de los expresados, empleados serán pagados proporcionalmente por la obra u obras que tengan dineros disponibles.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 13 de julio de 1945.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

El Ministro de Obras Públicas,

Alvaro DIAZ S.

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