Por el cual se hacen unos traslados en el presupuesto vigente
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio, de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el honorable Consejo de Ministros, en su sesión del día 8 de septiembre en curso, concedió al Ministerio de Hacienda, la autorización solicitada para efectuar algunos traslados en los presupuestos del Ministerio de Obras Públicas y Departamento Nacional de Higiene,
DECRETA:
Artículo único. Hácense los siguientes traslados en el presupuesto del
| MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS | |||
|---|---|---|---|
| Capítulo 58. | |||
| Personal y material. | |||
| Del artículo 349. Para viáticos y gastos de transporte del personal y del Consejo de Vías | $ | 500 | |
| Capítulo 64. | |||
| Auxilios y conservación de monumentos. | |||
| Al artículo 432. Para subvención a 1a Sociedad Colombiana de Ingenieros | 1.000 | ||
| Sumas iguales | $ | 1.000 | 1.000 |
| Artículo 2° Hácense los siguientes traslados en el presppuesto del | |||
| DEPARTAMENTO NACIONAL DE HIGIENE | |||
| Capítulo 80. | |||
| Laboratorio Nacional de Higiene Samper & Martínez. | |||
| Del artículo 539. Para sueldos .del personal del Instituto Nacional de Higiene | $ | 500 | |
| Al artículo 539. Para compra de un lote de terreno para ampliación del Instituto Nacional de Higiene | 500 | ||
| Sumas iguales | $ | 500 | 500 |
Comuniquese
Dado en Bogotá a 17 de septiembre de 1937.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Gonzalo RESTREPO.
El Ministro de Educación Nacional, José Joaquín CASTRO M.-El Ministro de Obras públicas, César GARCIA ALVAREZ
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.