Por los cuales se hacen unos traslados en el presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1977 (Ministerios de Hacienda y Crédito Público, Justicia, Salud y Departamento Administrativo del Servicios Civil), por $ 91.472.621

Rango Decreto
Publicación 1977-08-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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E1 Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando

Que los Ministerios de Hacienda y Crédito Público, Justicia, Salud y Departamento Administrativo del Servicio Civil, por medio de las Resoluciones números 5785, 6187, 4791, 4807, 3735 y 218 de 1977 declararon sobrante la suma de $ 91.472.621.00 en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1977, con el objeto de que sea trasladada para incrementar otras apropiaciones de su mismo Presupuesto que resultaron insuficientes:

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del Decreto-ley 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió los Certificados de Reserva y Disponibilidad números 88, 80, 83, 82, 76 y 79, por $ 10.838.538.00, $ 54.000.000.00, $ 5.982.005.00, $ 10.950.000.00, $ 4.426.500.00 y $ 5.275.583.00 respectivamente para amparar los traslados presupuéstales dé que trata este Decreto, y Que se han cumplido los requisitos legales necesarios,

decreta:

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1977:

AQUÍ TABLA DE PRESUPUESTO PÁG 2 DIARIO OFICIAL 34847

Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 19 de julio de 1977.

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Abdón Espinosa Valderrama.

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