Por el cual se abre un crédito al Presupuesto extraordinario vigente (Ministerio de Obras Públicas)
El Presídanle de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
Que la Contraloría General, a petición del señor Ministro de Obras Públicas, ha certificado disponibilidad de nuevos arbitrios fiscales por la cantidad de $ 60.554.62, correspondiente a la cancelación de reservas constituidas para gastos de dicho Ministerio en el-Presupuesto extraordinario de 1943, certificación que consta en el oficio número 10019 de fecha 14 de julio del año en curso; y
Que tanto el Consejo de Ministros- como el Consejo de Estado han impartido su aprobación y expresado su concepto favorable a la apertura de un crédito al presupuesto extraordinario vigente con respaldó en el arbitrio fiscal en referencia, según consta en los oficios números 2253 y 12728 procedentes de la respectivas Secretarias de tales entidades,
DECRETA:
Artículo 1º. Mácense los siguiente contracréditos al Presupuesto extraordinario de 1918, correspondientes al valor deducido de las reservas que para atender a gastos extraordinarios de dicha vigencia constituyó, la Contraloría General de la República, cancelaciones hedías según oficio número 10019 del'14 de junio del año en curso así
MINISTERIO DE-OBRAS PÚBLICAS
| Artículo | 1489 | Para la carralera Corozal Carmen $ | 6.695.22 |
|---|---|---|---|
| Artículo | 1492-A | Para la carretera Pulirlo Valdivia Rio San Jorge | 12.013.64 |
| Artículo | 1494 | Para la carretera La Ceiba Abrego | 6.566.54 |
| Artículo | 1495 | Para la carretera Sardinata Abrego | 1.622.30 |
| Artículo | 1496 | Para la Carretera Dábeiba Turbo | 5.191.15 |
| Artículo | 1498 | Para la carretera Curubitos Pauna Rio Magdalena | 5.030.36 |
| Artículo | 1501-A | Para la carretera Bolíviar Quibdó | 2.899.78 |
| Artículo | 1502 | Para la carretera Pandi-Colombia | 2.937.11 |
| Artículo | 1510 | Para la carretera Sogamoso Casa | 298.03 |
| Artículo | 1513 | Para la carretera La Plata Conrinto | 1.736.98 |
| Artículo | 1514 | Para la carretera Santa Marta Ciénaga Fundación | 3.011.00 |
| Artículo | 1515 | Para la carretera Gamarra Ocaña | 2.307.62 |
| Artículo | 1516 | Para la carretera La uníón Rosario Quíña Campamento | 4.641.68 |
| Artículo | 1525 | Para la carretera Barranquilla Ciénaga | 2.458.49 |
| Artículo | 1526 | Para terminación de la carretera Abejorral Santa Bárbara, Ley 258 dé- 1938 | 3.144.72 |
| Total | 60.554.62 |
Artículo 2º. Con base en la suma de sesenta mil quinientos cincuenta y cuatro pesos con sesenta-y dos centavos ($ 60:554 62) moneda corriente, a que se refiere el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al presupuesto vigente:
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Capítulo 114
Artículo 1939-A. Para continuad la construcción de la carretera Corozal Carmen $ 6055462
Artículo 3º. El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuniques y publíquese
Dado en Bogotá a 19 de julio de 1944.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Hacienda Y Crédito Público,
Gonzalo RESTPEPO
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