Por el cual se confiere una condecoración de la Orden Nacional al Mérito
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que la Defensa Civil Colombiana, ha desarrollado una extraordinaria actividad a lo largo de varios lustros de existencia y muy especialmente, por su patriótica y efectiva participación en las tareas de atención física y humana en las zonas afectadas por el desastre del volcán Nevado del Ruiz;
Que dicha Institución ha desarrollado en vastos sectores de la población una formidable pedagogía de la solidaridad, la paz y la fraternidad, prestando asistencia oportuna y desvelada a quienes han sido víctimas de calamidades, o precisan de socorro y ayuda;
Que es deber del Gobierno Nacional rendir homenaje a las personas e instituciones cuya acción redunda en beneficio del país, de la convivencia social, de la justicia y el desarrollo, virtudes que conforman el ideario de la benemérita Institución Defensa Civil Colombiana,
DECRETA:
Artículo 1º. Confiérase la Cruz de Plata de la Orden Nacional al Mérito a la Defensa Civil Colombiana.
Artículo 2º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E. a 23 de mayo de 1986.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Augusto Ramírez Ocampo.
El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia.
Víctor G. Ricardo P.
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