Por el cual se ordena ejecutar algunos estudios en las vías Sardinata-Abrego y Salazar-Abrego

Rango Decreto
Publicación 1940-09-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° Las exploraciones y estudios preliminares que es necesario ejecutar entre Sardinata y Abrego y entre Salazar y Abrego, para determinar la ruta más conveniente para la carretera que debe construirse entre dichos lugares, estarán a cargo de tres ingenieros, cada uno con una asignación mensual de trescientos pesos ($300).
Artículo 2° De acuerdo con lo establecido en el contrato de fecha 30 de julio de 1940, celebrado por el Gobierno Nacional con el señor ingeniero Luis García Cadena, sobre construcción de la carretera indicada arriba, dicho Contratista tendrá a su cuidado la dirección de los estudios a que alude el artículo anterior, los cuales no podrán durar más de tres meses.
Artículo 3° Los gastos que demande el cumplimiento de este Decreto se pagarán con la partida apropiada en el inciso d) del artículo 1595-D del Presupuesto en curso.
Artículo 4° El Cajero-Contador y el Almacenista de la Zona de Carreteras de Pamplona atenderán, el primero, al recibo de fondos, pago de gastos y rendición de cuentas; y el segundo, al manejo de los elementos que se destinen a los trabajos mencionados.
Artículo 5° Nómbrase a los señores Alfonso Luna Cárdenas, Francisco del Río y Luis Jesús Moreno para, ocupar los puestos creados en el artículo 1° de este Decreto.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 6 de septiembre de 1940.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Obras Públicas,

Francisco RODRIGUEZ MOYA

Digitó: CC1.023.922.646

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