por el cual se aprueba la estructura orgánica y funciones de la dependencia de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica CORELCA
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por los Decretos 1050 y 3130 de 1968
DECRETA:
Artículo primero. Apruébase el Acuerdo número 05 de julio 11 de 1986 emanado del Consejo Directivo de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica, CORELCA, por el cual se establece la estructura orgánica y se determinan las funciones de las dependencias de dicha entidad, cuyo texto es el siguiente:
"ACUERDO NUMERO 05 DE 1986
(julio11 )
por el cual se establece la estructura orgánica de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica, CORELCA, y se determinan las funciones de sus dependencias.
El Concejo Directivo de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica, CORELCA, en uso de sus facultades legales y estatutarias y oído el Concepto de la Secretaría de Administración Pública de la Presidencia de la República,
ACUERDA:
l
De la estructura
Artículo 1º La estructura orgánica de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica, CORELCA, será la siguiente:
-
- Consejo Directivo.
2 Dirección General.
2.1 Oficina Jurídica.
2.2 Oficina de Auditoría Operacional.
3 Secretaría General.
3.1 División Bienes.
4 Subdirección de Planeación.
4.1 División de Evaluación Social de Proyecto.
4.2 División de Planeación Económica.
4.2.1.Sección de Análisis Económico.
4.2.2 Sección de Estadística.
4.3 División de Planeación Técnica.
4.3.1 Sección de Análisis de Sistemas Eléctricos.
4.3.2 Sección de Planeación Energética.
5 Subdirección Administrativa.
5.1 División Comercial.
5.1.1 Sección de Importaciones.
5.1.2 Sección de Compras Nacionales.
5.2 División de Materiales y Servicios.
5.2.1 Sección de Almacenes.
5.2.2. Sección de Control de Inventarios.
5.2.3 Sección de Servicios Generales.
5.3 División de Relaciones Industriales.
5.3.1 Sección de Administración de Personal.
5.3.2 Sección de Desarrollo de Personal.
5.3.3 Sección de Seguridad Industrial.
- 5.4. División de Sistemas.
5.4.1 Sección de Análisis y Programación.
5.4.2 Sección de Producción.
5.4.3 Sección de Información.
5.5 División de Organización y métodos.
-
- Subdirección Financiera.
6.1 División Financiera.
6.1.1 Sección de Tesorería.
6.1.2 Sección de Control de Crédito.
6.1.3 Sección de análisis Financiero.
6.2 División de Presupuesto y Contabilidad.
6.2.1 Sección de Presupuesto.
6.2.2 Sección de Contabilidad.
6.2.3 Sección de Facturación de Energía y Seguros.
-
- Subdirección Técnica.
7.1 División de Ingeniería.
7.1.1 Sección de Líneas Transmisión.
7.1.2 Sección de Subestaciones.
7.1.3 Sección de Diseño Civil.
7.2 División de Construcciones.
7.2.1 Sección de Interventoría de Líneas de Transmisión
7.2.2 Sección de Interventoría de Subestaciones.
7.2.3 Sección de Interventoría de Obras Civiles.
-
- Subdirección de Operaciones.
8.1 División Centro de Control.
8.1.1 Sección de Análisis y Programación Operacional.
8.1.2 Sección de Operación del Centro de Control.
8.1.3 Sección de Mantenimiento y Actualización.
8.1.4 Sección de Telecomunicaciones.
8.2 División Planta Termobarranquilla.
8.2.1 Sección de Operación
8.2.2. Sección de Turbina a Gas.
8.2.3 Sección de Mantenimiento.
8.2.4 Sección de Servicios Técnicos
8.3 División de Transmisión.
8.3.1 Sección de Mantenimiento de Líneas de Transmisión.
8.3.2 Sección de Operación de Subestaciones.
8.3.3 Sección de Mantenimiento de Subestaciones y Protecciones.
8.3.4 Sección de Servicios Técnicos
-
- Subdirección de Electrificadora Subsidiarias.
9.1 División de Asesoría Administrativa y Financiera
9.1.1 Sección Administrativa y Financiera Zona 1
9.1.2 Sección Administrativa y Financiera Zona 2
9.2 División de asesoría Técnica
9.2.1 Sección de Operación y Mantenimiento.
9.2.2 Sección Taller de Unidades Móviles
9.3 División Centro Regional de Capacitación.
-
- Dirección Regional Termocartagena
- 10.1. División Planta Termocartagena
10.1.1 Sección Operativa.
10.1.2 Sección de Mantenimiento.
10.1.3 Sección de Servicio Técnicos.
10.2 División Administrativa y financiera.
10.2.1 Sección de Servicios Administrativo
10.2.2 Sección Financiera.
-
- Dirección Regional Termoguajira.
11.1.1 División Planta Termoguajira.
11.1.2 Sección de Mantenimiento.
11.1.3 Sección de Servicios Técnicos.
11.2 División Administrativa y Financiera.
11.2.1 Sección de Servicios Administrativos.
11.2.2 Sección Financiera.
11.3 División Planta Termoballenas.
11.3.1 Sección de Operación.
11.3.2 Sección de Mantenimiento.
11.4 División de Proyecto.
11.4.1 Sección de Planeación y diseño.
11.4.2 Sección de Ejecución y Control.
-
- Dirección Regional del Proyecto Hidroeléctrico de Urrá.
12.1 División Electromecánica.
12.1.1 Sección Diseño y Montaje de Equipos Eléctricos.
12.1.2 Sección Diseño y Montaje de Equipos Mecánicos
12.2 División de Obras Civiles.
12.2.1 Sección de Diseño de Obras Civiles.
12.2.2 Sección de Control de Obras Civiles.
12.2.3 Sección de Programación y Control de Costos.
12.3 División Administrativa y Financiera.
12.3.1 Sección de Servicios Administrativos.
12.3.2 Sección Financiera.
-
- Dirección Regional del Proyecto Electrificación Rural.
13.1 División de Estudios y Licitaciones.
13.2 División de Coordinación e Interventoría.
13.3 Sección de Administración y Programación.
-
- Organos de Asesoría y Coordinación.
14.1 Comité de Dirección.
14.2 Comisión de Personal.
14.3 Junta de Licitaciones y Adquisiciones.
14.4 Comisión Financiera del Sistema Integrado.
14.5 Comisión Técnica del Sistemas Integrado.
14.6 Comité de Operación del Sistema Integrado.
14.7 Comité de Cooperación Interna.
II
De las funciones.
Consejo Directivo y Dirección General
Artículo 2º El Consejo Directivo y Director de la Corporación, cumplirán las funciones para ellos asignadas en los estatutos de la entidad y en las demás disposiciones legales vigentes.
Oficina Jurídica.
Artículo 3º Son funciones de la Oficina Jurídica:
- a) Asesorar a la Dirección General en el trámite y solución en los asuntos jurídicos de la Corporación;
- b) Elaborar, revisar y conceptuar sobre los proyectos de ley, decretos, acuerdos resoluciones y demás normas legales relacionadas con la entidad;
- c) Intervenir en el estudio, elaboración, modificación de los contratos y convenios que celebre la Corporación y revisar los documentos de tipo legal que sean necesarios para los mismos;
- d) Compilar y estudiar la legislación, la jurisprudencia y doctrinas relativas a las actividades de la Corporación y proponer, en su caso, las medidas legales pertinentes;
- e) Suministrar al Ministerio Público, en los juicios en que sea parte la entidad, todas las informaciones y documentos necesarios para la defensa de los intereses del Estado e informar al Director y a la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República sobre el curso de dichos juicios;
- f) Representar a la entidad en todos los juicios en que sea parte, cuando así lo disponga el Director, e informarle sobre el desarrollo de los mismos ;
- g) Conceptuar sobre la validez Iegal de documentos relacionados con la Entidad;
- h) Adelantar los cobros extra judiciales a favor de la Entidad
- i) Codificar las normas legales relacionadas con la Corporación y mantener al día la codificación;
- j) Prestar el apoyo jurídico requerido por las diferentes dependencias de la Corporación, para el normal cumplimiento de sus funciones,
- k) las demás que le sean asignadas, y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Oficina de Auditoría Operacional.
Artículo 4° Son funciones de la Oficina de Auditoría Operacional:
- a) Efectuar el control necesario para que las normas y procedimientos administrativos, financieros y técnicos adoptados por la entidad, sean aplicados correcta y oportunamente;
- b) Realizar los estudios necesarios para lograr una mayor eficiencia y calidad de los servicios y actividades de la Corporación
- c) Detectar las fallas que se presenten en la ejecución de las operaciones de la entidad y proponer los correctivos del caso;
- d) Velar por la adecuada custodia y protección de los activos de la entidad
- e) Verificar la corrección razonabilidad de los estados financieros del organismo. por medio de los procedimientos de comprobación periódica y selectiva de los registros contables, análisis de las cuentas de tales estados financieros, confirmaciones de fuente externa y otros procedimientos de auditoría aplicables;
- f) Atender los reclamos, quejas u observaciones relacionadas con deficiencias administrativas, actos o procedimientos indebidos a nivel de dependencias o de cargo, constatar las anomalías sugerir las medidas correctivas pertinentes;
- g) Realizar periódicamente visitas de inspección a las distintas dependencias, a fin de evaluar su funcionamiento y detectar posibles deficiencias, conflictos e irregularidades y presentar las recomendaciones pertinentes;
- h) Procurar en todo momento la máxima, eficiencia en los diversos trámites administrativos y en desarrollo de las labores de cada dependencia.
- i) Solicitar a las diferentes dependencias la información necesaria para el cumplimiento de las funciones propias de la dependencia;
- j) Presentar informes periódicos y los especiales que, le sean solicitados por la Dirección General;
- k) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia,
Secretaría General.
Artículo 5º Son funciones de la Secretaría General:
- a) Asistir al Director en Ios asuntos relacionados con la administración general de la Corporación;
- b) Velar por el cumplimiento de las normas legales Orgánicas de la entidad y por el eficiente desempeño de las funciones técnicas y administrativas de la misma y coordinar la actividad de sus distintas dependencias;
- c) Preparar, revisar tramitar en coordinación con la Oficina Jurídica los proyectos de acuerdos y resoluciones que deban someterse a la aprobación del Consejo Directivo y del Director respectivamente;
- d) Refrendar los actos administrativos del Director y del Consejo Directivo
- e) Llevar la representación del Director cuando éste lo solicite:
- f) Autenticar las copias y demás documentos que se expidan de los actos de Consejo Directivo y de Director de Corporación
- g) Dirigir y desarrollar programabas de divulgación de las actividades de la Corporación, de acuerdo con la política de la Dirección General.
- h) Ejercer aquellas funciones que le correspondan en relación con el Consejo Directivo y con otros órganos asesores de la entidad
- i) Coordinar la preparación y publicación del informe anual de actividades de la entidad;
- j) Informar periódicamente al Director General o cuando éste lo solicite sobre el despacho de asunto de la Corporación y el estado de ejecución de los programas establecidos;
- k) Dirigir las actividades encaminadas a obtener para la Corporación los bienes inmuebles y los gravámenes sobre éstos, que se requieran para la ejecución de los proyectos que se adelantan;
- l) Establecer las políticas para la administración del Archivo Central y de los demás archivos satélites e inactivos de la Corporación velar por su permanente actualización
- m) Las demás que le sean asignadas. y correspondan a la naturaleza de la dependencia
División de Bienes
Artículo 6º Son funciones de la División de Bienes:
- a) Coordinar las actividades de adquisición de bienes inmuebles que requiera la Corporación para la ejecución de sus programas de acuerdo con los procedimientos y normas legales;
- b) Tramitar la Imposición de servidumbre de conducción de energía eléctrica y otras;
- c) Adelantar los procesos de expropiación por causa de utilidad pública:
- d) Obtener los permisos de acceso para construcción de líneas de transmisión:
- e) Avaluar los daños o perjuicios causados durante la construcción de las obras que adelante la Corporación:
f ) Coordinar con la Oficina Jurídica el trámite y vigilancia de litigios originados en el dominio u ocupación de tierras;
- g) Colaborar con la Oficina Jurídica en la elaboración de minutas para la adquisición de inmuebles o imposición de servidumbre voluntaria.
- h) Solicitar ante las entidades correspondientes la concesión de permisos para la utilización de caudales de agua, desviación del curso de los ríos y demás establecidas por el Código de los Recursos Naturales Renovables;
- i) Coordinar con el Inderena y el Incora los aspectos relacionados con la adjudicación de balidos y zonas declaradas Parque Nacional para su utilización en proyectos hidroeléctricos.
- j) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Subdirección de Planeación.
Artículo 7° Son funciones de la Subdirección de Planeación:
- a) Asesorar a la Dirección General en los aspectos relacionados con la planeación estratégica y operacional del sector eléctrico de la Costa Atlántica, dentro del contexto nacional;
- b) Dirigir la preparación del presupuesto anual de inversiones y funcionamiento de la Corporación en coordinación con otras dependencias de la mísma, con base en los planes y programas formulados por éste para su presentación al Consejo Directivo;
- c) Planear el aprovechamiento óptimo de los recursos energéticos y orientar la realización de estudios de factibilidad económica de planes de generación, transmisión. transformación y distribución de energía eléctrica en coordinación con las diferentes dependencias, de la entidad y los organismos del sector eléctrico;
- d) Estudiar conjuntamente con la Subdirección de Electrificadoras Subsidiarias, criterios para el establecimiento de tarifas;
- e) Coordinar las relaciones derivadas de los intercambios de energía entre las empresas del grupo CORELCA y entre éstas e Interconexión Eléctrica S. A.:
- f) Dirigir las actividades relacionadas con la recopilación. procesamiento y suministro de información estadistica, sobre demanda, producción, crecimiento e insumos utilizados en el sector eléctrico
- g) Evaluar la ejecución de los planes y programas del sector; proponer los reajustes que sean del caso, en coordinación con el Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Minas y Energía
- h) Coordinar y dirigir los estudios relacionados con el impacto social y los planes de desarrollo para las comunidades afectadas por la construcción de nuevos proyectos que la corporación ejecute dentro del plan de expansión eléctrico.
- i) Dirigir la ejecución de actividades de rehabilitación en el área de influencia de los proyectos de CORELCA así como evaluar las posibles incidencias de éstos en las comunidades afectadas;
- j) Las demás que Ie sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
División de Evaluación Social de Proyectos
Artículo 8º Son funciones de la División de Evaluación Social de Proyectos:
- a) Elaborar implementar y controlar los estudios relacionados con el impacto social que origine el desarrollo de los diferentes proyectos de la Corporación;
- b) Elaborar; controlar los planes de desarrollo para las comunidades afectadas por la construcción de nuevos proyectos que la Corporación ejecute dentro del plan de expansión del sector eléctrico;
- c) Tramitar de acuerdo con lo dispuesto en la legislación vigente los permisos necesarios para la ejecución de las obras mediante el desarrollo de los proyectos;
- d) Gestionar ante otras entidades tanto del sector público como privado la ejecución de actividades en el área de influencia de los proyecto de CORELCA;
- e) Diseñar formas de participación de las comunidades en los proyectos y estrategias de desarrollo para aquellas que reciban influencia directa de los proyectos:
- f) Asesorar la División de Bienes para la compra de predios y mejoras y cuando sea necesario ejecutar las actividades de relocalización correspondientes;
- g) Organizar foros. seminarios y otras formas de divulgación con el fin de dar a conocer las incidencias de los diferente proyectos ejecutados por la Corporación;
- h) Las demás que le sean asignadas y corresponda a la naturaleza de la dependencia.
División de Planeación Económica.
Artículo 9° Son funciones de la División de Planeación económica
- a) Coordinar la elaboración de los estudios económicos requeridos por las entidades de crédito nacionales e internacionales para la evaluación de las solicitudes de créditos y factibilidades económica de los proyectos de la Corporación
- b) Orientar la elaboración de proyectos relacionados con nuevas fuentes de financiamiento e incremento de los recursos de la entidad;
- c) Elaborar con las dependencias correspondientes el proyecto de presupuesto anual de la Corporación
- d) Coordinar las acciones para el eficiente funcionamiento del sistema de información y estadística que requiera la Corporación;
- e) Coordinar y controlar la realización de estudios socioeconómicos que se realicen en cumplimiento de los programas y proyectos de la entidad;
- f) Las demás que le sean asignadas y correspodan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Análisis Económico.
Artículo 10 Son funciones de la Sección de Análisis Económico:
- a) Elaborar los estudios económicos y financieros requeridos por las entidades de crédito nacional e internacional, para la evaluación de las solicitudes de crédito formuladas por la Corporación
- b) Coordinar y controlar la realización de las proyecciones financieras de las electrificadoras de la Costa Atlántica, con el fin de elaborar el consolidado del sistema CORELCA para efectos de evaluar la situación financiera del sector eléctrico nacional, en coordinación con Interconexión Eléctrica S. A. (ISA);
- c) Participar en la elaboración de proyectos relacionados con nuevas fuentes de financiación e incrementos de los recursos de la empresa;
- d) Elaborar estudios de factibilidad económica para la puesta en marcha de nuevos proyectos, y recomendar su inclusión en la programación general de la entidad
- e) Evaluar las incidencias de tipo económico de los diferentes planes y programas del sector eléctrico en general y en particular los de la Corporación;
f ) Realizar los estudios y análisis económicos que tiendan a la adecuada prestación de los servicios propios de la Corporación
- g) Elaborar los estudios correspondientes para el establecimiento de tarifas de venta de energía de CORELCA y electrificadoras subsidiarias;
- h) En coordinación con la Subdirección financiera, elaborar el presupuesto anual de inversiones de la Corporación
- i) Rendir informes a la División de Planeación Económica y a la Subdirección correspondiente;
- j) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Estadística.
Artículo 11. Son funciones de la Sección Estadística:
- a) Recopilar, procesar y suministrar la información estadística del Sistema Interconectado de CORELCA, en coordinación con las demás dependencias de la entidad;
- b) Codificar la información histórica, técnica, administrativa, socioeconómica y financiera del sector eléctrico con el fin de mantener un archivo organizado de datos que permita su rápida consulta y utilización
- c) Coordinar con las Divisiones de Organización y Métodos y de Sistemas, el procesamiento automáticos de la información estadística que permita su análisis:
- d) Efectuar el análisis de las cifras consolidadas para elaborar y actualizar los informes estadísticos anuales del sector eléctrico a nivel regional y nacional;
- e) Cooperar con las demás dependencias de la Corporación y otras entidades nacionales o extranjeras en trabajos e intercambios de información estadística;
- f) Prestar asesoría estadística a las Electrificadoras Subsidiarias y demás dependencias de CORELCA;
- g) Realizar en coordinación con la Subdirección de Electrificadoras Subsidiarias, visitas de control y evaluación a los programas de información establecidos en las Electrificados;
h ) Elaborar los informes estadísticos que permitan una clara visión de la gestión de CORLEA y sus Electrificadoras Subsidiarias;
- i) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
División de Planeación Técnica.
Artículo 12. Son funciones de la División de Planeación Técnica:
- a) Dirigir y controlar la elaboración de planes para el ensanche de la capacidad de generación y transmisión del sistema de acuerdo con las necesidades de la región;
- b) Identificar los proyectos de generación y transmisión a desarrollarse y las prioridades para su ejecución con el fin de determinar su prefactibilidad;
- c) Estudiar las diferentes alternativas en los planes de electrificación y coordinar con la División de Ingeniería los estudios de factibilidad y prediseño con el objeto de determinar conjuntamente la alternativa óptima
- d) Realizar todas aquellas actividades necesarias dentro de la primera etapa del desarrollo de los proyectos que se define como la etapa de planeación que comprende el análisis de sistemas, la identificación de los proyectos y definición de la alternativa óptima;
- e) Presentar informes a la Subdirección de planeación sobre el desarrollo de las actividades de la dependencia;
- f) Coordinar las actividades de la dependencia con la División de Planeación Económica
- g) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Análisis de Sistemas Eléctricos.
Artículo 13. Son funciones de la Sección de Análisis de Sistemas Eléctricos:
- a) Realizar estudios analíticos y técnicos con el objeto de identificar los proyectos de transmisión y transformación de acuerdo con las necesidades de la región;
- b) Coordinar con las diferentes dependencias de CORELCA que se requieran, el desarrollo de los estudios de prefactibilidad, factibilidad y diseño que constituyan la primera etapa de los proyectos de expansión del Sistema de Potencia
- c) Adelantar los análisis de flujos de carga, corto circuito y estabilidad del Sistema eléctrico de CORELCA para la planeación de nuevos proyectos de expansión y modificaciones dentro del Sistema
- d) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Planeación Energética,
Artículo 14. Son funciones de la Sección de Planeación Energética:
- a) Analizar las expansiones requeridas en generación del Sistema de CORELCA enmarcada en el Contexto Nacional;
- b) Coordinar con la Sección de Análisis de Sistemas Eléctricos y con la División de Ingeniería los estudios de factibilidad de los proyectos de generación ,y licitaciones de los mismos
- c) Coordinar con la División de Centro de Control planeamiento operativo del Sistema de CORELCA
- d) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia
Subdirección Administrativa.
Artículo 15. Son funciones de la Subdirección Administrativa:
- a) Asistir a la Dirección General en la determinación de objetivos, estrategias, políticas y metas relacionadas con la administración general de la Corporación
- b) Planear, dirigir y coordinar las actividades de orden administrativo para el correcto funcionamiento de la entidad
- c) Planear, coordinar y controlar la adquisición conservación, distribución y mantenimiento de los materiales, equipos y demás bienes necesarios para el desarrollo de las funciones de la Corporación ;
- d) Estudiar y proponer política y programas de administración de personal con el fin de lograr una mayor eficiencia en las labores institucionales y el desarrollo y seguridad individual de los empleados de la entidad, de conformidad con las disposiciones que regulan la materia;
- e) Planear, coordinar y controlar las actividades de procesamiento de datos conducentes a satisfacer los requerimientos de información de toda la organización;
- f) Planear, coordinar y controlar los estudios de organización y métodos y procedimientos administrativos con el propósito de lograr un mejor aprovechamiento de los diferentes recursos de la Corporación;
- g) Asegurar la adecuada coordinación con las demás dependencias de la corporación en todo lo correspondiente a las funciones propias de la Subdirección Administrativa
- h) Coordinar y controlar las actividades de las dependencias que conforman la Subdirección;
- i) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
División Comercial.
Artículo 16. Son funciones de la División Comercial:
- a) Planear, dirigir, coordinar y controlar la adquisición aprovisionamiento y aprovechamiento de los materiales, equipos y demás bienes necesarios para el adecuado funcionamiento de la Corporación;
- b) Adquirir los materiales. equipos y demás bienes que requiera la Corporación procurando obtener las condiciones de compra más convenientes para la entidad;
- c) Velar que se cumplan las normas y procedimientos relacionados con las actividades de compras nacionales e importaciones de los equipos, elementos y demás bienes necesarios para el desarrollo de las actividades de la Corporación;
- d) Coordinar y controlar las actividades de las secciones que conforman la División;
- e) Presentar a la Subdirección Administrativa informes sobre el desarrollo de las actividades de la División y los especiales que le sean solicitados;
- f) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Importaciones.
Articulo 17. Son funciones de la Sección de Importaciones:
- a) Realizar y controlar las importaciones que requiera la Corporación y adelantar los trámites necesarios para el pago de las mismas, de acuerdo con las normas y procedimientos vigentes
- b) Elaborar registros sobre el estado de los pedidos de importación, detallando las nacionalizaciones efectuadas, licencias solicitadas, saldos de licencias y demás información complementaria que se requiera;
- c) Coordinar las actividades propias de la dependencia con las de la División Financiera y la Sección de Almacenes primordialmente en lo referente a la apertura oportuna de las cartas de crédito y el recibo de los bienes o materiales;
- d) Tramitar las exenciones de gravámenes arancelarios ante la Dirección General de Aduanas, solicitando concepto al departamento Nacional de Planeación cuando las mercancías sean bienes de capital;
- e) Solicitar a la Dirección General de Impuestos Nacionales las exenciones de impuestos sobre las ventas, de acuerdo con las disposiciones sobre la materia
- f) Mantener comunicación con los agentes de aduana para lograr la nacionalización y retiro de la mercancía;
- g) Llevar a cabo la revisión y registro de las cuentas de las compañías de seguros por concepto de prima de seguros de transporte marítimo y en el interior; tramitar reclamaciones ante las aseguradoras por concepto de indemnización, en coordinación con la dependencia encargada del manejo de las mismas;
- h) Coordinar con la dependencia correspondiente las capitalizaciones ante la Oficina de Cambios del Banco de la República, para las importaciones hechas con crédito externo
- i) Solicitar prórrogas para las licencias de importación, cuando la mercancía no haya sido despachada y modificaciones a las mismas por petición de las dependencias técnicas de la Entidad y de los proveedores;
- j) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia,
Sección Compras Nacionales
Artículo 18. Son funciones de la Sección de Compras Nacionales:
- a) Realizar los trámites necesarios para la compra de bienes nacionales de acuerdo con las normas y procedimientos vigentes;
- b) Preparar el programa anual de compras en coordinación con las demás dependencias;
- c) Velar por la actualización del registro de proveedores nacionales en lo referente a inscripción, clasificación y calificación de los mismos
- d) Establecer controles mensuales de las cuantías compradas a cada proveedor y elaborar informes estadísticos de las adquisiciones;
- e) Efectuar las cotizaciones y elaborar los cuadros comparativos de precios y especificaciones de los elementos y materiales ofrecidos por los proveedores;
- f) Presentar cuentas e informes pertinentes sobre las actividades de la sección
- g) Realizar aquellas funciones que le correspondan en relación con la junta de licitaciones y adquisiciones;
- h) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
División de Materiales y Servicios.
Articulo 19. Son funciones de la División de materiales y servicios;
- a) Planear, dirigir, coordinar y controlar el almacenamiento, conservación y despacho de los materiales equipos y demás bienes necesarios para el adecuado funcionamiento de la corporación
- b) Planear, coordinar y controlar el suministro oportuno de los servicios solicitados por las diferentes dependencias de la Corporación como también la protección de las propiedades, bienes y materiales de la Corporación contra daños físicos, robos etc;
- c) Establecer política de codificación de materiales, obsolescencia de los mismos, inventarios físicos, para los diferentes almacenes de la Corporación;
- d) Velar por el mantenimiento de un nivel aceptable de los costos de almacenamiento y manejo de inventarios, evitando los costos de insuficiencia en las operaciones de la Corporación;
- e) Coordinar y controlar las actividades de las Secciones que conforman la división;
- f) Presentar a la Subdirección administrativa informes sobre el desarrollo de las actividades de la División y los especiales que le sean solicitados;
- g) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección Almacenes.
Artículo 20 Son funciones de la sección de Almacenes:
- a) Registrar custodiar los bienes y elementos que ingresen a los almacenes de la Corporación;
- b) Coordinar y controlar las actividades de almacenaje de materiales, equipos y elementos adquiridos, de acuerdo con las normas, procedimientos y técnicas existentes al respecto;
- c) Proveer a las dependencias de la Corporación de los elementos necesarios para el normal desarrollo de las actividades, de conformidad con planes establecidos previamente;
- d) Determinar el origen de los materiales, elementos y equipos así como el destino de los mismos y efectuar los tramites correspondientes para que los suministros se lleven acabo oportunamente;
- e) Mantener y suministrar información actualizada sobre existencias, movimientos y manejo de los almacenes y rendir las cuentas correspondientes de conformidad legales vigentes sobre la materia
- f) Coordinar las actividades de los diferentes de las plantas generadoras de la Corporación con el fin de lograr la integración en la disponibilidad de los materiales y poder desarrollar las transferencias requeridas;
- g) Responder por el correcto almacenaje, mantenimiento, seguridad e integridad de los elementos en depósito;
- h) Las demás que le sean asignada y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Control de Inventarios.
Artículo 21. Son funciones de la Sección de Control de Inventarios:
- a) Detectar la necesidad de reposición de los inventarios y emitir la solicitud de cotización correspondiente;
- b) Establecer sistemas para minimizar los costos de sostenimiento y manejo de inventarios;
- c) Efectuar estudios tendientes a determinar las obsolescencias de equipos y elementos, hacer la evaluación de los mismos y tramitar las solicitudes de baja correspondiente;
- d) Elaborar y mantener actualizados los inventarios de los bienes y elementos que se encuentran en los almacenes y demás instalaciones de la Corporación y coordinar esta actividad con la División de Sistemas;
- e) Velar porque cada ítem tenga el punto mínimo que deba mantener en existencia y el máximo, de acuerdo con los costos de almacenamiento y de insuficiencia y un inventario de seguridad que garantice una existencia permanente;
- f) Establecer una adecuada codificación de materiales y estructurar el catálogo de materiales de la Corporación;
- g) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia
Sección Servicios Generales
Artículo 22. Son funciones de la Sección de Servicios Generales:
- a) Organizar y atender la prestación oportuna de los servicios generales a cargo de la Sección, para el normal funcionamiento de la dependencia de la Corporación;
- b) Realizar las actividades necesarias para la prestación eficiente de los servicios relacionados con el aseo, vigilancia, transporte reparación y mantenimiento de vehículos, instalaciones, instalaciones , muebles y equipo de oficina;
- c) Velar por el correcto funcionamiento y suministro de los servicios de energía, agua y teléfono en las instalaciones de la entidad;
- d) Atender la adecuada prestación de los servicios de recepción y conmutador, en cada una de las Sedes de la Corporación;
- e) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
División de Relaciones Industriales
Artículo 23 Son funciones de la División Relaciones Industriales:
- a) Programar y controlar las actividades relacionadas con las Secciones de Administración de Personal, Desarrollo de Personal y Seguridad Industrial;
- b) Dirigir y Supervisar los procesos de reclutamiento, selección, incorporación, capacitación y promoción del personal de la Entidad y proponer política y programas sobre el particular;
- c) Coordinar y controlar la eficiente prestación de los servicios médicos y de bienestar social para el personal de la corporación y sus familias;
- d) Velar por el cumplimiento y aplicación del reglamento interno de trabajo
- e) Coordinar con la Oficina Jurídica el tramite de los negocios que se susciten ante lo Contencioso Administrativo y con el Ministerio de Trabajo y Seguridad, Social en materia de personal;
- f) Velar por el cumplimiento de los diferentes programas que en materia de seguridad industrial e higiene ocupacional adelante la Corporación;
- g) Rendir informes a las Directivas del Organismo sobre las actividades de la dependencia;
- h) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Administración de Personal.
Artículo 24. Son funciones de la Sección de Administración de personal
- a) Desarrollar las actividades relativas a la administración de personal de la Corporación y vigilar el cumplimiento de las normas legales vigentes sobre la materia;
- b) Llevar a cabo los proceso de reclutamiento, selección e incorporación del personal de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos;
- c) Llevar los registros, el control y las estadísticas del personal al servicio de la Entidad y mantenerlos debidamente actualizados;
- d) Tramitar oportunamente las novedades de personal y remitir a la División de Sistemas, la información correspondiente para la elaboración de las nóminas;
- e) Liquidar y tramitar conforme a las disposiciones legales, las prestaciones de los funcionarios de la Entidad;
- f) Verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para el ingreso de funcionarios al servicio de la Entidad
- g) Elaborar los proyectos de providencias sobre nombramientos, ascensos, traslados, retiros y demás situaciones administrativas del personal al servicio del Organismo;
- h) Expedir constancia de los antecedentes de personal y demás certificaciones del caso, de acuerdo con la respectiva reglamentación;
- i) Realizar aquellas actividades que sobre la materia le corresponda con otros organismos del Estado, como el Fondo Nacional de, Ahorro, Departamento Administrativa del Servicio Civil y Servicio Nacional de Aprendizaje
- j) Rendir informes a la División de Relaciones Industriales sobre las actividades de la dependencia;
- k) Vigilar el cumplimiento de los reglamentos del régimen interno de CORELCA;
- I) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Desarrollo de Personal.
Artículo 25. Son funciones de la Sección de Desarrollo de Personal:
- a) Efectuar estudios tendientes a la investigación de necesidades de capacitación y adiestramiento en las diferentes áreas del Organismo;
- b) Establecer y realizar programas de capacitación, y adiestramiento para el personal de la Entidad, de acuerdo con los requerimientos y las disposiciones sobre la materia
- c) Establecer y mantener contacto con los diferentes organismos públicos y privados que impartan capacitación;
- d) Elaborar programas de inducción para el personal que se vincule a la Corporación y realizar actividades tendientes a mejorar la moral y las relaciones entre los diferentes grupos de trabajo;
- e) Adelantar investigaciones y censos para determinar las necesidades en materia de vivienda, salud, educación, cultura, recreación, protección y ayuda familiar para los funcionarios de la Entidad;
- f) Desarrollar programas de Bienestar Social y Recreación para los funcionarios de la Corporación y sus familias;
- g) Velar por la adecuada administración del casino, para la alimentación de los empleados de CORELCA, de acuerdo con los requisitos convenidos contractualmente por las partes
- h) Coordinar con centros hospitalarios, laboratorios clínicos y médicos especialistas, los servicios que requieran los funcionarios de la Corporación y sus familias de acuerdo con las normas establecidas;
- i) Organizar y llevar el archivo de historias clínicas de los beneficiarios del servicio médico del Organismo, con las correspondientes estadísticas y costos de utilización del servicio y producir los análisis respectivos;
- j) Efectuar campañas de medicina preventiva y realizar conferencias o cursos en orden al mejoramiento de la salud de los empleados y sus familias;
- k) Efectuar evaluaciones periódicas sobre los resultados de los programas realizados por la dependencia;
- I) Rendir informes a la División de Relaciones Industriales sobre el funcionamiento de la dependencia;
- m) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia;
Sección de Seguridad Industrial.
Articulo 26. Son funciones de la Sección de Seguridad Industrial:
- a) Desarrollar los programas de seguridad industrial y prevención de accidentes que requiera la Corporación;
- b) Efectuar controles periódicos de supervisión para verificar la observancia de las normas de seguridad industrial y proponer medidas correctivas y sanciones por incumplimiento cuando haya lugar, a fin de prevenir riesgos y accidentes;
- c) Velar porque las dotaciones de implementos y dispositivos de seguridad industrial se efectúen oportunamente;
- d) Mantener información sobre los accidentes ocurridos, en la Entidad, efectuar los análisis y proponer las medidas correctivas;
- e) Llevar estadísticas que evalúen la seguridad industrial en la Corporación y presentar informes periódicos;
- f) Preparar y desarrollar, en coordinación con la Sección de Desarrollo de Personal los cursos teóricos y prácticos de adiestramiento en seguridad industrial;
- g) Prestar oportunamente los servicios necesarios en caso de accidentes de trabajo;
- h) Adelantar programas de divulgación relacionados con las normas de seguridad industrial para todo el personal al servicio de la Institución;
- i) Elaborar con la División de Organización y Métodos, los manuales de Seguridad Industrial de la Corporación y mantenerlos actualizados;
- j) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
División de Sistemas.
Artículo 27. Son funciones de la División de Sistemas
- a) Planear, coordinar y controlar todas las actividades relacionadas con análisis, programación y procesamiento de la información que requiera la Entidad para su normal funcionamiento;
- b) Diseñar, organizar implantar y mantener sistemas de procesamiento de datos para fines administrativos y técnicos;
- c) Buscar la integración de los sistemas de información del organismo y sus subsidiarias;
- d) Prestar asesoría a las electrificadoras subsidiarias en materia de procesamiento de datos, entrenamiento de personal y adquisición de equipo;
e ) Establecer los sistemas de control para las entradas y salidas de información, protección de registros y archivos de Corelca
- f) Evaluar los nuevos desarrollos técnicos en la materia, con el propósito de incorporarlos a los planes de la Corporación
- g) Diseñar sistemas de información que suministren la materia prima de todos los niveles administrativos de la entidad para la toma de decisiones;
- h) Planear y coordinar el entrenamiento y actualización del personal del área a fin de que las aplicaciones que se implementen se adapten a las últimas técnicas sobre procesamiento de datos y análisis de información;
- i) Definir el alcance de los nuevos desarrollos dentro del contexto de ' sistemas de información integrado para Corelca y sus electrificadoras:
- j) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Análisis y Programación.
Artículo 28. Son funciones de la Sección de Análisis y Programación:
- a) Desarrollar proyectos de sistemas que incluyen análisis, diseño, programación, documentación e implementación;
- b) Efectuar estudios de nuevas técnicas encaminadas a mejorar y optimizar los sistemas existentes, de acuerdo con las necesidades de los usuarios y los nuevos requerimientos de información
- c) Adelantar estudios de paquetes generalizados de programación;
- d) Implementar los modelos y fomentar su aplicación y difusión;
- e) Verificar que el trabajo y la documentación de los nuevos desarrollos y las modificaciones a las aplicaciones existentes se cumplan de acuerdo con los estándares y normas establecidas
- f) Supervisar la asignación de programas, el control y las pruebas de los mismos;
- g) Llevar el archivo físico de los programas;
- h) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Producción.
Artículo 29. Son funciones de la Sección de Producción:
- a) Organizar y llevar a cabo la transcripción, verificación y clasificación de la información a procesarse;
- b) Velar por el correcto flujo de información, clasificando los programas según la prioridad de tramitación, para someterlos al proceso de computación
- c) Organizar y supervisar la revisión de documentos fuente y el análisis de inconsistencias de los diferentes procesamientos;
- d) Coordinar con la Sección de Centro de Información y los usuarios, la elaboración y desarrollo de los planes de trabajo de la Sección;
- e) Reportar las fallas técnicas detectadas en los informes producidos por las aplicaciones y participar en los análisis de los procedimientos de recuperación
- f) Organizar, coordinar y controlar las operaciones del equipo de procesamiento de datos de la Corporación
- g) Establecer y hacer cumplir métodos y procedimientos de operación, seguridad y control en las instalaciones del computador tanto a nivel local como remoto;
- h) Capacitar y asesorar a los usuarios en el reporte y análisis de información;
- i) Preparar y mantener manuales actualizados de operación y de los usuarios para cada aplicación;
- j) Establecer las normas de seguridad industrial necesaria para la operación y el mantenimiento de los equipos del centro de cómputos;
- k) Velar por la adecuada utilización de los equipos de computación y solicitar cuando sea necesario, el oportuno mantenimiento y reparación de los mismos;
- l) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección Centro de Información.
Artículo 30. Son funciones de la Sección Centro de Información:
- a) Planear, dirigir y controlar el desarrollo de sistemas que tiendan a mejorar la eficiencia de la operación del equipo de procesamiento electrónico de datos;
- b) Entrenar a los diferentes usuarios de la Corporación en el manejo de las facilidades disponibles en la División, tales como terminales de computadores, microcomputador y sistemas programados;
- c) Coordinar con la División de Relaciones Industriales la capacitación de los funcionarios de Corelca y de las electrificadoras subsidiarias, en el área de procesamiento de datos
- d) Coordinar con la Sección de Análisis y Programación la asignación y distribución de los recursos de sistemas y el montaje de los procedimientos en el desarrollo de nuevas aplicaciones
- e) Planear los recursos hardware y software necesarios para satisfacer las necesidades de los usuarios interno y externos de la División;
- f) Distribuir de una manera adecuada los recursos de hardware que estén destinados a los usuarios externos de la Corporación;
- g) Establecer los estándares necesarios para garantizar el control de los flujos de operación y la Integridad de la información a través del procesamiento de datos;
- h) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de su dependencia,
División de Organización y Métodos.
Artículo 31. Son funciones de la División de Organización y Métodos:
- a) Elaborar los estudios de organización, métodos y procedimientos conjuntamente con las dependencias responsables y colaborar en su implantación;
- b) Elaborar los manuales de funciones a nivel de dependencia y de cargo, velar por su aplicación y mantenerlos actualizados
- c) Preparar los diferentes manuales de procedimientos que requiere la entidad para la racional gestión de sus actividades;
- d) Elaborar planes de organización de oficinas para todas las dependencias, tendientes a darles carácter funcional y garantizar el máximo aprovechamiento de las áreas;
- e) Coordinar con la División de Sistemas el desarrollo e implementación de sistemas y procedimientos que garanticen la óptima utilización de los recursos;
- f) Analizar, diseñar y codificar las formas de papelería que se tramiten en la entidad y controlar su correcta aplicación;
- g) Prestar apoyo a las diferentes dependencias de la entidad y a las electrificadoras subsidiarias en los aspectos relacionados con la racionalización y mejoramiento administrativo;
- h) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia,
Subdirección Financiera.
Artículo 32. Son funciones de la Subdirección Financiera:
- a) Colaborar con la Dirección en la formulación de políticas relacionadas con la gestión financiera de la Corporación;
- b) Dirigir, coordinar y evaluar las actividades de las dependencias que conforman la Subdirección;
- c) Dirigir los programas en materia de contabilidad, presupuesto, tesorería y crédito adoptados por la entidad
- d) Orientar la elaboración de planes contables de acuerdo con las necesidades operacionales del organismo y sus filiales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes
- e) Supervisar los estados financieros de la entidad y formular las recomendaciones pertinentes;
- f) Orientar la elaboración de los estudios dirigidos a una mejor organización financiera;
- g) Efectuar el control financiero de los créditos y contractos del organismo
- h) Presentar periódicamente a la Dirección General, informes financieros y los especiales que le sean solicitados
- i) Las demás que le sean asignadas y correspondan ala naturaleza de la dependencia.
División Financiera.
Artículo 33. Son funciones de la División Financiera:
- a) Velar por el adecuado manejo de los recursos y documentos negociables de la Corporación;
- b) Dirigir y coordinar las actividades relacionadas con el control de la deuda interna y externa, tramitación de empréstitos, cartas de crédito y seguros;
- c) Revisar los informes de análisis financiero relacionados con el movimiento de fondos de la entidad
- d) Colaborar con la Subdirección de Planeación en la elaboración del proyecto de presupuesto anual de la institución;
- e) Coordinar y analizar la información sobre el recaudo de sobretasa por consumo de energía de las electrificadoras de la Costa Atlántica así como la facturación por venta de energía en bloque a esas entidades y a proyectos específicos regionales;
- f) Rendir informes a la Subdirección financiera sobre las actividades de la dependencia;
- g) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Tesorería.
Artículo 34. Son funciones de la Sección de Tesorería:
- a) Percibir los ingresos de la Corporación y efectuar el pago de los gastos y servicios de la misma, previo cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos para tal efecto;
- b) Manejar y responder por la adecuada custodia de los valores, documento negociable y de garantía de la Corporación entregados bajo su responsabilidad;
- c) Manejar las cuentas bancarias conforme a lo establecido por la División Financiera y presentar el estado diario de caja y bancos;
- d) Preparar y presentar a la Auditoría Fiscal los informes necesarios, de acuerdo con las normas emanadas de la Contraloría General de la República;
- e) Velar por el cumplimiento de los mecanismos de control interno establecidos y suministrar a la Oficina de Auditoría Operacional la información necesaria cuando así se requiere;
- f) Elaborar mensualmente informe sobre la situación y movimiento de fondos y presentarlos a la División Financiera
- g) Desarrollar las actividades relacionadas con la liquidación y control de pago a terceros:
- h) Coordinar sus actividades con las dependencias de la Subdirección Financiera;
- i) La demás que le sean asignada y correspondan a la naturaleza de la dependencias.
Sección de Control de Créditos
Artículo 35. Son funciones de la Sección de Control de créditos:
- a) Elaborar las solicitudes de crédito y externo, y atender el servicio de la deuda de Corelca;
- b) Controlar el movimiento de empréstito internos y externo llevar el registro mensual del monto de la deuda y rendir los informes periódicos correspondientes;
- c) EIaborar las licencias de cambio de deuda externa con la debida anticipación a cada vencimiento;
- d) Coordinar la sistematización de las operaciones de créditos con la División de Sistemas;
- e) Elaborar las solicitudes de desembolso de los créditos negociados por la entidad;
- f) Manejar y controlar todas las pólizas de seguro de la Corporación;
- g) Tramitar las solicitudes de apertura, renovación, modificación o cancelación de pólizas de seguros;
- h) Elaborar y presentar ante las compañías aseguradoras actas de reclamación por siniestros;
- i) Velar porque los activos asegurables de la Corporación estén debidamente amparados;
- j) Las demás que le sean asignadas y correspondan ala naturaleza de la dependencia.
Sección de Análisis Financiero
Artículo 36 Son funciones de la sección de Análisis financiero:
- a) Llevar a cabo el análisis financiero de los proyectos que adelante Corelca, con base en la información suministrada por las áreas contables y presupuestal;
- b) Colaborar y coordinar con la Sección de Contabilidad en la preparación de los diferentes informes;
- c) Analizar permanentemente las cifras que componen los diferentes rubros del balance y demás estados financieros de la entidad, efectuar correcciones y traspaso comunicando los datos y observaciones a la sección de contabilidad y demás dependencias interesadas;
- d) efectuar estudios e investigaciones de carácter financiero y presentar los informes correspondientes ;
e ) Llevar a cabo el control financiero de los diferentes programas de la entidad, en coordinación con las demás dependencias de la Subdirección;
f ) Asesorar a la División y Subdirección respectiva en los análisis financieros de los balances de las electrificadoras subsidiarias;
- g) Asesorar a las empresas subsidiarias en los estudios financieros que éstas realicen;
- h) Las demás que le sean asignadas y correspondan ala naturaleza de la dependencia;
División de Presupuesto y Contabilidad.
Artículo 37. Son funciones de la División de Presupuesto y Contabilidad:
- a) Organizar y mantener actualizado planes contables de acuerdo con las necesidades de la entidad de conformidad con las disposiciones sobre la materia;
- b) Rendir informe sobre la ejecución y control de presupuesto a las diferentes entidades oficiales tales como Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Ministerio de Minas y Energía, Departamento Nacional de Planeación y Contraloría de la República;
- c) Coordinar la elaboración de los estados financieros del organismo y demás informes sobre la materia para ser presentados a las Directivas y a la Contraloría General de la República según el caso
- d) Suministrar oportunamente la información financiera necesaria para gestionar la obtención de prestamos a nivel nacional e internacional;
- e) Coordinar el proceso de facturación correspondiente a servicios prestados o recibidos por la Corporación de las Electrificadoras Subsidiarias y Plantas Industriales en lo que se refiere a venta, de energía, sobre tasa y procesamiento de datos, con el objeto de mantener un control permanente sobre recaudo de cuentas o compromisos de pago;
- f) Coordinar y controlar el adecuado manejo de los diferentes seguros contratados por la Corporación y efectuar negociaciones con las compañías de seguro con el fin de obtener las mejores coberturas para la empresa;
- g) Coordinar con la División de Sistemas la implantación de programas tendientes a sistematizar las diferentes operaciones contables y prestable de la Corporación;
- h) Rendir informes periódicos a la Subdirección Financiera sobre el funcionamiento de la dependencia;
- i) Dirigir, coordinar y controlar las actividades de las Secciones de Presupuesto, Contabilidad y Facturación de Energía y Seguros;
- j) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Presupuesto.
Artículo 38 Son funciones de la Sección de Presupuesto:
- a) Ejecutar, vigilar y controlar el presupuesto general de la entidad y llevar el registro debidamente actualizado;
- b) Elaborar los proyectos de acuerdos de gastos y obligaciones;
- c) Constituir las reservas presupuestales necesarias para respaldar los compromisos que adquiera la entidad.
- d) Elaborar y tramitar los traslados presupuestales permitidos dentro de los acuerdos del Consejo Directivo y las demás disposiciones legales;
- e) Colaborar con la Subdirección de Planeación en la elaboración del proyecto de presupuesto anual de la entidad;
- f) Consolidar la información que sobre ejecución presupuestal se lleve a cabo en las dependencias regionales ;
g ) Elaborar la información sobre actividades de la entidad que puedan afectar el presupuesto de gastos y de inversión;
- h) Preparar los informes que en materia presupuestal requieran la División de Prepuesto y Contabilidad y la Subdirección Financiera;
- i) Las demás que le Sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia;
Sección de Contabilidad.
Artículo 39 Son funciones de la sección de contabilidad :
- a) Llevar y mantener al día la contabilidad general de la entidad de acuerdo con las disposiciones legales fiscales y administrativas vigentes;
b ) Producir los estados financieros de la entidad para ser presentado a la División de presupuesto y Contabilidad;
- c) Velar por la seguridad de los Documentos que respalden los movimientos contables de la entidad;
- d) Elaborar mensualmente las conciliaciones bancarias de las cuentas corriente del organismo;
- e) Sugerir los traspasos contables a que hubiere lugar, preparando los comprobantes contables de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos en el manual de contabilidad;
f ) Establecer un sistema de costos con el propósito de determinar con exactitud el valor de los servicios prestados y formular recomendaciones necesarias para el establecimiento de tarifas reales;
g ) Aplicar y perfeccionar los sistemas de registros mecanizados de las operaciones contables;
- h) Proporcionar la información requerida a efecto de realizar auditoría contable;
- i) Coordinar sus actividades con las demás dependencias de la Subdirección Financiera;
- j) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia
Sección de Facturación de Energía y Seguros.
Artículo 40. Son funciones de la Sección de facturación de Energía y Seguros:
- a) Elaborar la facturación correspondiente por los servicios prestados por la Corporación en lo que se refiere a la venta de energía, sobre tasa, procesamiento de datos, con el fin de mantener registros actualizados de las cuentas por cobrar;
b ) Elaborar las notas débito y crédito relacionadas con los servicios que se reciben de las electrificadoras subsidiarias y plantas industriales;
- c) Establecer mecanismos de control con el fin de darle cumplimiento a los compromisos de pago, de acuerdo con lo establecido en las reglamentaciones vigentes;
- d) Tramitar ante las dependencia del Gobierno Nacional y demás entidades las cuentas pendientes por concepto de aportes y otros ;
- e) Preparar la información básica para la elaboración de los pliegos de licitaciones de los seguros de la Corporación y participar en la evaluaciones correspondientes;
- f) Revisar y tramitar las facturas aprobadas por la compañía aseguradora s de acuerdo con las pólizas establecidas ;
- g) Tramitar ante la aseguradora los reclamos correspondiente en caso de que sucedan siniestro que afecten los bienes asegurados por la Corporación;
- h) Elaborar estudios tendientes a definir los coaseguros en la empresa con el fin de mantener un equilibrio entre los riesgos y amparos correspondientes;
- i) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Subdirección Técnica.
Artículo 41. Son funciones de la Subdirección Técnica:
- a) Asesorar a la Dirección General en las formulación de política relacionadas con la gestión técnica de la Corporación;
b ) Dirigir, coordinar y evaluar las actividades de las dependencias que conforman la Subdirección;
- c) Planear, organizar, dirigir coordinar y controlar los programas y proyectos de carácter técnicos que adelante la Corporación;
- d) Dirigir los estudios de Ingeniería requeridos para la ejecución de los proyectos de energía eléctrica a cargo del organismo;
- e) Dirigir y supervisar la construcción de obras de la entidad de acuerdo con los proyectos y las especificaciones correspondientes e informar a la Dirección General sobre su estado y desarrollo;
- f) Orientar y controlar la elaboración de normas técnicas y especificaciones de las plantas, equipos y materiales en los proyectos que desarrollen o programen.
- g) Coordinar el seguimiento de los contratos y licitaciones relacionados con los proyectos a su cargo y mantener informado al Director sobre el desarrollo de los mismos;
- h) Asistir asesorar a la Subdirección de Electrificadora Subsidiarias en la solución de problemas técnicos cuando sea necesario;
- i) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia;
División de Ingeniería.
Artículo 42 Son funciones de la División de Ingeniería:
- a) Desarrollar la segunda etapa de los proyectos, o sea el diseño técnico y la programación de las actividades para su ejecución;
- b) Preparar los anteproyectos y proyectos de ingeniería directamente o a través de las firmas constructoras;
- c) Preparar la información básica para la elaboración de pliegos de las licitaciones asignadas a la División;
- d) Participar en la evaluación de las propuestas presentadas por las firmas licitantes;
- e) Coordinar con las secciones de la división lo referente a cronogramas, costos planos y otros a fin de mantener actualizado el desarrollo y control de los proyectos
- f) Orientar coordinar y controlar las labores de las secciones especializadas en las distintas clases de proyectos asignados a la División;
- g) Elaborar los informes de la División que tengan como finalidad ilustrar a las otras dependencias de la Corporación, sobre el desarrollo de los proyectos;
- h) Administrar el registro, clasificación y calificación de los proponentes, velando porque se mantenga actualizado ;
- i) Efectuar el análisis de la facturación que presenten las firmas consultoras y emitir concepto sobre las anomalías encontradas;
- j) Coordinar y dirigir las labores de dibujo, afín de optimizar la normal prestación del servicio a las distintas dependencias de la Corporación;
- k) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Líneas de Transmisión.
Artículo 43. Son funciones de la Sección de Líneas de Transmisión:
- a) Elaborar estudios de diseño de proyecto de líneas de Transmisión para interconectar los diferentes centro de carga existentes o programados del Sistema Corelca;
- b) Determinar el trazado de la ruta mas conveniente para el tendido de las líneas. de transmisión teniendo en cuenta factores técnicos y socio-económico y presentar las recomendaciones correspondiente a la División de Ingeniería;
- c) Presentar a la División de Ingeniería para su selección las diferentes alternativas en lo relacionado con el tipo y calibre de conductores, clase y tipo de estructura para las torres y demás características técnicas que permitan tomar las decisión más ajustadas a las necesidades de Corelca;
- d) Coordinar y controlar los estudios de diseño de líneas que por su naturaleza sean contratados con firmas consultoras y rendir los informes técnicos que permitan a la División de Ingeniería evaluarlos;
- e) Suministrar a la División de Ingeniería todas las normas técnicas y especificaciones necesarias para que ésta pueda establecer los requisitos que se exigirá en los pliegos de condiciones de los proyectos de líneas de transmisión;
- f) Elaborar en coordinación con las dependencias correspondientes los. pliegos de condiciones para las licitaciones de diseño de las líneas de transmisión, evaluar las ofertas y presentar las recomendaciones pertinentes;
- g) Elaborar los presupuestos oficiales y cronogramas de los estudios asignados a firmas consultoras y controlar y visar la facturación;
- h) Participar en las discusiones técnicas de los contratos en coordinación con la División de Ingeniería;
- i) Mantener información técnica actualizada sobre los equipos materiales y demás datos complementarios que proporcionen las herramientas necesarias para realizar los estudios de diseño y hacer las recomendaciones que se requieran en el área de transmisión de energía eléctrica;
- j) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia;
Sección de Subestaciones.
Artículo 44. Son funciones de la Sección de Subestaciones:
- a) Reunir datos técnicos, elaborar el diseño específico y en general realizar estudios sobre proyectos de subestaciones para la transformación de la energía eléctrica, que sirvan de enlace a las distintas líneas de transmisión, subtransmisión y Distribución del sistema Corelca;
- b) Hacer recomendaciones a la División para la selección de alternativas en lo relacionado con el tamaño y tipo de transformadores de potencia, capacidad de interrupción y niveles de cortocircuito de las diferentes subestaciones y desarrollar el esquema de protecciones para los equipos, de manera que la División tenga toda la base técnica y los elementos de juicio necesarios para la toma de decisiones más adecuada teniendo en cuenta los requerimientos de la Corporación;
- c) Estudiar y hacer las recomendaciones correspondientes a la División sobre la selección de los lotes más adecuados para el montaje e instalación de las Subestaciones, de acuerdo con el trazado de las líneas de transmisión asociadas;
- d) Coordinar y controlar los estudios de diseño de subestaciones que por su naturaleza sean contratados con firmas consultoras y rendir los informes técnico que permitan a la División de Ingeniería evaluarlos;
- e) Suministrar a la División, la información técnica necesaria para la fijación de las normas técnicas y especificaciones que se deban establecer como requisitos en los pliegos de cargos de las proyectos de diseño de Subestaciones
- f) Elaborar en coordinación con las dependencias correspondientes los pliegos de condiciones para las licitaciones de diseño de las subestaciones, evaluar las ofertas y presentar las recomendaciones pertinentes;
- g) Elaborar los presupuestos oficiales y cronogramas de los estudios asignados a firmas consultoras, controlar y visar la facturación;
- h) Participar en las discusiones técnicas de los contratos en coordinación con la División de Ingeniería;
- i) Mantener información actualizada sobre las características y técnicas de los equipos, materiales y demás datos complementarios que les proporcionen las herramientas necesarias para realizar los estudios de diseño y hacer las recomendaciones que se requieran en el área de transformación de energía eléctrica;
- j) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Diseño Civil.
Artículo 45. Son funciones de la Sección de Diseño Civil:
- a) Coordinar conjuntamente con la Sección de Líneas de Transmisión la definición de la ruta y el plantillado de la línea y adelantar el diseño de bases y cimentaciones correspondientes;
- b) Diseñar las bases y cimentaciones de los equinos de las subestaciones con fundamento en la información técnica de los equipos que suministre la Sección de Subestaciones;
- c) Elaborar el diseño de edificaciones inherentes a los distintos proyectos de la Corporación; diseño de vías, ductos, tuberías, diseño de estructura y otros;
- d) Coordinar y controlar los estudios de diseños de obras civiles que por su naturaleza sean contratados con firmas consultoras y rendir los informes técnicos que permitan a la División de Ingeniería evaluarlos;
- e) Suministrar a la División de Ingeniería, las normas técnicas y especificaciones necesarias para que esta pueda establecer los requisitos que se exigirán en los pliegos de condiciones de las obras civiles de los proyectos;
- f) Participar en la evaluación de propuestas presentadas por las firmas licitantes, relacionadas con las obras civiles;
- g) Velar porque se mantenga actualizada toda la información y material técnico necesarios para e normal desarrollo de la sección;
- h) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
División de Construcciones.
Artículo 46. Son funciones de la División de Construcciones:
- a) Dirigir la ejecución de los proyectos en su etapa de montaje o construcción y ejercer la interventoría de los contratos que se celebren con el mismo fin;
- b) Estudiar y evaluar las ofertas para suministro y construcción de obras que se hagan a través de firmas consultoras y presentar las recomendaciones del caso a la Subdirección Técnica;
- c) Revisar y aprobar los documentos y planos relacionados con las actividades propias de su área;
- d) Supervisar la interventoría de los contratos de construcción, montaje y puesta en servicio de los proyectos de líneas de transmisión, subestaciones y obras civiles asignados a la División;
- e) Evaluar los resultados de la ejecución de los proyectos asignados y rendir los informes respectivos sobre el avance de los mismos;
- f) Participar en la definición de los términos técnicos de los contratos de construcción e interventoría en coordinación con la Subdirección Técnica
- g) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia;
Sección de Interventoría de Líneas de Transmisión.
Artículo 47. Son funciones de la Sección de Interventoría de Líneas de Transmisión:
- a) Coordinar o llevar a cabo directamente la interventoría de los contratos de construcción, montaje y puesta en servicio de las Líneas de transmisión asignadas;
- b) Elaborar en coordinación con las dependencias correspondientes los pliegos de condiciones para las licitaciones de adquisición de materiales, construcción montaje y puesta en servicio de las líneas de transmisión, evaluar las ofertas y presentar las recomendaciones pertinentes
- c) Elaborar los presupuestos oficiales y cronogramas de las obras asignadas a firmas constructoras, controlar y visar la facturación
- d) Coordinar y controlar la interventoría de las obras de líneas de transmisión que por su naturaleza sean contratadas con firmas externas y rendir los informes técnicos que permitan su evaluación;
- e) Participar en las discusiones técnicas de los contratos de construcción de líneas de transmisión en coordinación con la División de Construcciones;
- f) Velar por el oportuno suministro de materiales convenidos con el contratista ejecutor de las obras;
- g) Realizar el control de calidad de los materiales a utilizar, suministrados por los proveedores y contratistas;
- h) Las demás que le sean asignadas y Correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Interventoría de Subestaciones.
Artículo 48. Son funciones de la Sección de Interventoría de Subestaciones:
- a) Coordinar o llevar cabo directamente la interventoría de los contratos de construcción montaje y puesta en servicio de las subestaciones asignadas;
- b) Elaborar en coordinación con las dependencias correspondintes, los pliegos de condiciones para las licitaciones de adquisición de materiales, construcción, montaje y puesta en servicio de las subestaciones, evaluar las ofertas y presentar las recomendaciones pertinentes;.
- c) Elaborar los presupuestos oficiales y cronogramas de las obras asignadas a firmas constructoras controlar y visar la facturación;
- d) Coordinar y controlar la interventoría de las subestaciones que por su naturaleza sean contratadas con firmas externas y rendir los informes técnicos que permitan su evaluación
- e) Participar en las discusiones técnicas de los contratos de construcción de las subestaciones, en coordinación con la División Construcciones,
- f) Velar por el oportuno suministro de materiales convenidos con el contratista ejecutor de las obras,
- g) Realizar el control de calidad a los materiales a utilizar, suministrados por los proveedores y contratistas
- h) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Interventoría de Obras Civiles.
Artículo 49. Son funciones de la Sección de Interventoría de Obras Civiles:
- a) Coordinar o llevar a cabo directamente la interventoría de los contratos de construcción, montaje y puesta en servicio de las obras civiles asignadas:
- b) Elaborar en coordinación con las dependencias correspondientes los pliegos de condiciones para las licitaciones de adquisición de materiales, construcción, montaje y puesta en servicios de las obras civiles, evaluar las ofertas y presentar las recomendaciones pertinentes;
- c) Elaborar los presupuestos oficiales y cronogramas de las obras asignadas a firmas constructoras, controlar y visar la facturación;
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