por el cual se aprueba la estructura orgánica y funciones de la dependencia de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica CORELCA
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por los Decretos 1050 y 3130 de 1968
DECRETA:
Artículo primero. Apruébase el Acuerdo número 05 de julio 11 de 1986 emanado del Consejo Directivo de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica, CORELCA, por el cual se establece la estructura orgánica y se determinan las funciones de las dependencias de dicha entidad, cuyo texto es el siguiente:
"ACUERDO NUMERO 05 DE 1986
(julio11 )
por el cual se establece la estructura orgánica de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica, CORELCA, y se determinan las funciones de sus dependencias.
El Concejo Directivo de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica, CORELCA, en uso de sus facultades legales y estatutarias y oído el Concepto de la Secretaría de Administración Pública de la Presidencia de la República,
ACUERDA:
l
De la estructura
Artículo 1º La estructura orgánica de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica, CORELCA, será la siguiente:
-
- Consejo Directivo.
2 Dirección General.
2.1 Oficina Jurídica.
2.2 Oficina de Auditoría Operacional.
3 Secretaría General.
3.1 División Bienes.
4 Subdirección de Planeación.
4.1 División de Evaluación Social de Proyecto.
4.2 División de Planeación Económica.
4.2.1.Sección de Análisis Económico.
4.2.2 Sección de Estadística.
4.3 División de Planeación Técnica.
4.3.1 Sección de Análisis de Sistemas Eléctricos.
4.3.2 Sección de Planeación Energética.
5 Subdirección Administrativa.
5.1 División Comercial.
5.1.1 Sección de Importaciones.
5.1.2 Sección de Compras Nacionales.
5.2 División de Materiales y Servicios.
5.2.1 Sección de Almacenes.
5.2.2. Sección de Control de Inventarios.
5.2.3 Sección de Servicios Generales.
5.3 División de Relaciones Industriales.
5.3.1 Sección de Administración de Personal.
5.3.2 Sección de Desarrollo de Personal.
5.3.3 Sección de Seguridad Industrial.
- 5.4. División de Sistemas.
5.4.1 Sección de Análisis y Programación.
5.4.2 Sección de Producción.
5.4.3 Sección de Información.
5.5 División de Organización y métodos.
-
- Subdirección Financiera.
6.1 División Financiera.
6.1.1 Sección de Tesorería.
6.1.2 Sección de Control de Crédito.
6.1.3 Sección de análisis Financiero.
6.2 División de Presupuesto y Contabilidad.
6.2.1 Sección de Presupuesto.
6.2.2 Sección de Contabilidad.
6.2.3 Sección de Facturación de Energía y Seguros.
-
- Subdirección Técnica.
7.1 División de Ingeniería.
7.1.1 Sección de Líneas Transmisión.
7.1.2 Sección de Subestaciones.
7.1.3 Sección de Diseño Civil.
7.2 División de Construcciones.
7.2.1 Sección de Interventoría de Líneas de Transmisión
7.2.2 Sección de Interventoría de Subestaciones.
7.2.3 Sección de Interventoría de Obras Civiles.
-
- Subdirección de Operaciones.
8.1 División Centro de Control.
8.1.1 Sección de Análisis y Programación Operacional.
8.1.2 Sección de Operación del Centro de Control.
8.1.3 Sección de Mantenimiento y Actualización.
8.1.4 Sección de Telecomunicaciones.
8.2 División Planta Termobarranquilla.
8.2.1 Sección de Operación
8.2.2. Sección de Turbina a Gas.
8.2.3 Sección de Mantenimiento.
8.2.4 Sección de Servicios Técnicos
8.3 División de Transmisión.
8.3.1 Sección de Mantenimiento de Líneas de Transmisión.
8.3.2 Sección de Operación de Subestaciones.
8.3.3 Sección de Mantenimiento de Subestaciones y Protecciones.
8.3.4 Sección de Servicios Técnicos
-
- Subdirección de Electrificadora Subsidiarias.
9.1 División de Asesoría Administrativa y Financiera
9.1.1 Sección Administrativa y Financiera Zona 1
9.1.2 Sección Administrativa y Financiera Zona 2
9.2 División de asesoría Técnica
9.2.1 Sección de Operación y Mantenimiento.
9.2.2 Sección Taller de Unidades Móviles
9.3 División Centro Regional de Capacitación.
-
- Dirección Regional Termocartagena
- 10.1. División Planta Termocartagena
10.1.1 Sección Operativa.
10.1.2 Sección de Mantenimiento.
10.1.3 Sección de Servicio Técnicos.
10.2 División Administrativa y financiera.
10.2.1 Sección de Servicios Administrativo
10.2.2 Sección Financiera.
-
- Dirección Regional Termoguajira.
11.1.1 División Planta Termoguajira.
11.1.2 Sección de Mantenimiento.
11.1.3 Sección de Servicios Técnicos.
11.2 División Administrativa y Financiera.
11.2.1 Sección de Servicios Administrativos.
11.2.2 Sección Financiera.
11.3 División Planta Termoballenas.
11.3.1 Sección de Operación.
11.3.2 Sección de Mantenimiento.
11.4 División de Proyecto.
11.4.1 Sección de Planeación y diseño.
11.4.2 Sección de Ejecución y Control.
-
- Dirección Regional del Proyecto Hidroeléctrico de Urrá.
12.1 División Electromecánica.
12.1.1 Sección Diseño y Montaje de Equipos Eléctricos.
12.1.2 Sección Diseño y Montaje de Equipos Mecánicos
12.2 División de Obras Civiles.
12.2.1 Sección de Diseño de Obras Civiles.
12.2.2 Sección de Control de Obras Civiles.
12.2.3 Sección de Programación y Control de Costos.
12.3 División Administrativa y Financiera.
12.3.1 Sección de Servicios Administrativos.
12.3.2 Sección Financiera.
-
- Dirección Regional del Proyecto Electrificación Rural.
13.1 División de Estudios y Licitaciones.
13.2 División de Coordinación e Interventoría.
13.3 Sección de Administración y Programación.
-
- Organos de Asesoría y Coordinación.
14.1 Comité de Dirección.
14.2 Comisión de Personal.
14.3 Junta de Licitaciones y Adquisiciones.
14.4 Comisión Financiera del Sistema Integrado.
14.5 Comisión Técnica del Sistemas Integrado.
14.6 Comité de Operación del Sistema Integrado.
14.7 Comité de Cooperación Interna.
II
De las funciones.
Consejo Directivo y Dirección General
Artículo 2º El Consejo Directivo y Director de la Corporación, cumplirán las funciones para ellos asignadas en los estatutos de la entidad y en las demás disposiciones legales vigentes.
Oficina Jurídica.
Artículo 3º Son funciones de la Oficina Jurídica:
- a) Asesorar a la Dirección General en el trámite y solución en los asuntos jurídicos de la Corporación;
- b) Elaborar, revisar y conceptuar sobre los proyectos de ley, decretos, acuerdos resoluciones y demás normas legales relacionadas con la entidad;
- c) Intervenir en el estudio, elaboración, modificación de los contratos y convenios que celebre la Corporación y revisar los documentos de tipo legal que sean necesarios para los mismos;
- d) Compilar y estudiar la legislación, la jurisprudencia y doctrinas relativas a las actividades de la Corporación y proponer, en su caso, las medidas legales pertinentes;
- e) Suministrar al Ministerio Público, en los juicios en que sea parte la entidad, todas las informaciones y documentos necesarios para la defensa de los intereses del Estado e informar al Director y a la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República sobre el curso de dichos juicios;
- f) Representar a la entidad en todos los juicios en que sea parte, cuando así lo disponga el Director, e informarle sobre el desarrollo de los mismos ;
- g) Conceptuar sobre la validez Iegal de documentos relacionados con la Entidad;
- h) Adelantar los cobros extra judiciales a favor de la Entidad
- i) Codificar las normas legales relacionadas con la Corporación y mantener al día la codificación;
- j) Prestar el apoyo jurídico requerido por las diferentes dependencias de la Corporación, para el normal cumplimiento de sus funciones,
- k) las demás que le sean asignadas, y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Oficina de Auditoría Operacional.
Artículo 4° Son funciones de la Oficina de Auditoría Operacional:
- a) Efectuar el control necesario para que las normas y procedimientos administrativos, financieros y técnicos adoptados por la entidad, sean aplicados correcta y oportunamente;
- b) Realizar los estudios necesarios para lograr una mayor eficiencia y calidad de los servicios y actividades de la Corporación
- c) Detectar las fallas que se presenten en la ejecución de las operaciones de la entidad y proponer los correctivos del caso;
- d) Velar por la adecuada custodia y protección de los activos de la entidad
- e) Verificar la corrección razonabilidad de los estados financieros del organismo. por medio de los procedimientos de comprobación periódica y selectiva de los registros contables, análisis de las cuentas de tales estados financieros, confirmaciones de fuente externa y otros procedimientos de auditoría aplicables;
- f) Atender los reclamos, quejas u observaciones relacionadas con deficiencias administrativas, actos o procedimientos indebidos a nivel de dependencias o de cargo, constatar las anomalías sugerir las medidas correctivas pertinentes;
- g) Realizar periódicamente visitas de inspección a las distintas dependencias, a fin de evaluar su funcionamiento y detectar posibles deficiencias, conflictos e irregularidades y presentar las recomendaciones pertinentes;
- h) Procurar en todo momento la máxima, eficiencia en los diversos trámites administrativos y en desarrollo de las labores de cada dependencia.
- i) Solicitar a las diferentes dependencias la información necesaria para el cumplimiento de las funciones propias de la dependencia;
- j) Presentar informes periódicos y los especiales que, le sean solicitados por la Dirección General;
- k) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia,
Secretaría General.
Artículo 5º Son funciones de la Secretaría General:
- a) Asistir al Director en Ios asuntos relacionados con la administración general de la Corporación;
- b) Velar por el cumplimiento de las normas legales Orgánicas de la entidad y por el eficiente desempeño de las funciones técnicas y administrativas de la misma y coordinar la actividad de sus distintas dependencias;
- c) Preparar, revisar tramitar en coordinación con la Oficina Jurídica los proyectos de acuerdos y resoluciones que deban someterse a la aprobación del Consejo Directivo y del Director respectivamente;
- d) Refrendar los actos administrativos del Director y del Consejo Directivo
- e) Llevar la representación del Director cuando éste lo solicite:
- f) Autenticar las copias y demás documentos que se expidan de los actos de Consejo Directivo y de Director de Corporación
- g) Dirigir y desarrollar programabas de divulgación de las actividades de la Corporación, de acuerdo con la política de la Dirección General.
- h) Ejercer aquellas funciones que le correspondan en relación con el Consejo Directivo y con otros órganos asesores de la entidad
- i) Coordinar la preparación y publicación del informe anual de actividades de la entidad;
- j) Informar periódicamente al Director General o cuando éste lo solicite sobre el despacho de asunto de la Corporación y el estado de ejecución de los programas establecidos;
- k) Dirigir las actividades encaminadas a obtener para la Corporación los bienes inmuebles y los gravámenes sobre éstos, que se requieran para la ejecución de los proyectos que se adelantan;
- l) Establecer las políticas para la administración del Archivo Central y de los demás archivos satélites e inactivos de la Corporación velar por su permanente actualización
- m) Las demás que le sean asignadas. y correspondan a la naturaleza de la dependencia
División de Bienes
Artículo 6º Son funciones de la División de Bienes:
- a) Coordinar las actividades de adquisición de bienes inmuebles que requiera la Corporación para la ejecución de sus programas de acuerdo con los procedimientos y normas legales;
- b) Tramitar la Imposición de servidumbre de conducción de energía eléctrica y otras;
- c) Adelantar los procesos de expropiación por causa de utilidad pública:
- d) Obtener los permisos de acceso para construcción de líneas de transmisión:
- e) Avaluar los daños o perjuicios causados durante la construcción de las obras que adelante la Corporación:
f ) Coordinar con la Oficina Jurídica el trámite y vigilancia de litigios originados en el dominio u ocupación de tierras;
- g) Colaborar con la Oficina Jurídica en la elaboración de minutas para la adquisición de inmuebles o imposición de servidumbre voluntaria.
- h) Solicitar ante las entidades correspondientes la concesión de permisos para la utilización de caudales de agua, desviación del curso de los ríos y demás establecidas por el Código de los Recursos Naturales Renovables;
- i) Coordinar con el Inderena y el Incora los aspectos relacionados con la adjudicación de balidos y zonas declaradas Parque Nacional para su utilización en proyectos hidroeléctricos.
- j) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Subdirección de Planeación.
Artículo 7° Son funciones de la Subdirección de Planeación:
- a) Asesorar a la Dirección General en los aspectos relacionados con la planeación estratégica y operacional del sector eléctrico de la Costa Atlántica, dentro del contexto nacional;
- b) Dirigir la preparación del presupuesto anual de inversiones y funcionamiento de la Corporación en coordinación con otras dependencias de la mísma, con base en los planes y programas formulados por éste para su presentación al Consejo Directivo;
- c) Planear el aprovechamiento óptimo de los recursos energéticos y orientar la realización de estudios de factibilidad económica de planes de generación, transmisión. transformación y distribución de energía eléctrica en coordinación con las diferentes dependencias, de la entidad y los organismos del sector eléctrico;
- d) Estudiar conjuntamente con la Subdirección de Electrificadoras Subsidiarias, criterios para el establecimiento de tarifas;
- e) Coordinar las relaciones derivadas de los intercambios de energía entre las empresas del grupo CORELCA y entre éstas e Interconexión Eléctrica S. A.:
- f) Dirigir las actividades relacionadas con la recopilación. procesamiento y suministro de información estadistica, sobre demanda, producción, crecimiento e insumos utilizados en el sector eléctrico
- g) Evaluar la ejecución de los planes y programas del sector; proponer los reajustes que sean del caso, en coordinación con el Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Minas y Energía
- h) Coordinar y dirigir los estudios relacionados con el impacto social y los planes de desarrollo para las comunidades afectadas por la construcción de nuevos proyectos que la corporación ejecute dentro del plan de expansión eléctrico.
- i) Dirigir la ejecución de actividades de rehabilitación en el área de influencia de los proyectos de CORELCA así como evaluar las posibles incidencias de éstos en las comunidades afectadas;
- j) Las demás que Ie sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
División de Evaluación Social de Proyectos
Artículo 8º Son funciones de la División de Evaluación Social de Proyectos:
- a) Elaborar implementar y controlar los estudios relacionados con el impacto social que origine el desarrollo de los diferentes proyectos de la Corporación;
- b) Elaborar; controlar los planes de desarrollo para las comunidades afectadas por la construcción de nuevos proyectos que la Corporación ejecute dentro del plan de expansión del sector eléctrico;
- c) Tramitar de acuerdo con lo dispuesto en la legislación vigente los permisos necesarios para la ejecución de las obras mediante el desarrollo de los proyectos;
- d) Gestionar ante otras entidades tanto del sector público como privado la ejecución de actividades en el área de influencia de los proyecto de CORELCA;
- e) Diseñar formas de participación de las comunidades en los proyectos y estrategias de desarrollo para aquellas que reciban influencia directa de los proyectos:
- f) Asesorar la División de Bienes para la compra de predios y mejoras y cuando sea necesario ejecutar las actividades de relocalización correspondientes;
- g) Organizar foros. seminarios y otras formas de divulgación con el fin de dar a conocer las incidencias de los diferente proyectos ejecutados por la Corporación;
- h) Las demás que le sean asignadas y corresponda a la naturaleza de la dependencia.
División de Planeación Económica.
Artículo 9° Son funciones de la División de Planeación económica
- a) Coordinar la elaboración de los estudios económicos requeridos por las entidades de crédito nacionales e internacionales para la evaluación de las solicitudes de créditos y factibilidades económica de los proyectos de la Corporación
- b) Orientar la elaboración de proyectos relacionados con nuevas fuentes de financiamiento e incremento de los recursos de la entidad;
- c) Elaborar con las dependencias correspondientes el proyecto de presupuesto anual de la Corporación
- d) Coordinar las acciones para el eficiente funcionamiento del sistema de información y estadística que requiera la Corporación;
- e) Coordinar y controlar la realización de estudios socioeconómicos que se realicen en cumplimiento de los programas y proyectos de la entidad;
- f) Las demás que le sean asignadas y correspodan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Análisis Económico.
Artículo 10 Son funciones de la Sección de Análisis Económico:
- a) Elaborar los estudios económicos y financieros requeridos por las entidades de crédito nacional e internacional, para la evaluación de las solicitudes de crédito formuladas por la Corporación
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