Por el cual se dispone una publicación en la Imprenta Nacional
El Presidente de la República de, Colombia,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. En la Imprenta Nacional, y por cuenta del Gobierno, se hará la edición de los tomos que faltan de los trabajos preparatorios de los Códigos Penal y de Procedimiento Penal.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 7 de septiembre de 1940.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Gobierno,
Jorge GARTNER
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
Digitó: CC1.023.922.646
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.