Por el cual se deroga el Decreto número 800 del 10 de marzo de 1986

Rango Decreto
Publicación 1986-05-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE COMUNICACIONES
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales,

DECRETA:

Artículo 1. Derogase el Decreto número 800 del 10 de marzo de 1986.

Artículo 2. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 25 de mayo de 1986.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Gobierno

Jaime Castro.

El Ministro de Defensa Nacional

General Miguel Vega Uribe.

La Ministra de Comunicaciones

Noemí Sanín Posada.

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