Por el cual se hacen unos traslados en el presupuesto de gastos de la actual vigencia fiscal
El Presidente la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO:
Que el honorable Consejo de Ministros, a solicitud del Ministerio de Gobierno, contenida en oficio número 1416, de 21 de septiembre último, aprobó, en sesión de 4 de los corrientes, el traslado de las cantidades de $ 8,426, $ 1,000 y $ 333-04, dentro del capítulo 15 del Presupuesto de gastos vigente.
DECRETA:
Artículo 1º. Hácense en el Presupuesto de gastos de la vigencia fiscal en curso los traslados que a continuación se expresan así:
Del artículo 33, al artículo 31, capítulo 15, la suma de $ 8,426.
Del artículo 40, al artículo 37, mismo capítulo 1,000.
Del artículo 40, al artículo 39, mismo capítulo 333,04
Artículo 2º. Dese cuenta de estos traslados al señor Contralor General de la Republica.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 10 de octubre de 1938.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Gobierno,
Gabriel TURBAY
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