Sobre supresión de dos Provincias
El Presidente de la Republica de Colombia,
En uso de sus facultades legales y visto el concepto del Gobernador del Departamento de Bucaramanga,
DECRETA:
Artículo 1°. Suprímese en el Departamento de Bucaramanga las Provincias de San Andrés y Piedecuesta
Artículo 2°. Los Municipios de Molagavita, San Andrés, Guaca y Cepita, que formaban la provincia de San Andrés, pertenecerán a la Provincia de Málaga.
Artículo 3°. Los Municipios de Piedecuesta, Umplá y Los Santos, que formaban la provincia de Piedecuesta, pertenecerán a la Provincia de Bucaramanga.
Artículo 4°. El presente Decreto regirá desde el 1° de Enero de 1909
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 5 de Enero de 1909
R. REYES
El Ministro de Gobierno,
- M. VARGAS
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