Por el cual se adscriben al ministerio de Relaciones Exteriores ciertos negociados

Rango Decreto
Publicación 1888-02-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República

DECRETA :

Artículo único. Adscríbense al Ministerio de Relaciones Exteriores todos los asuntos relacionados con el Ferrocarril y Canal de Panamá.

El Ministerio dispondrá á cuál de las Secciones en que está dividido su Despacho corresponde el conocimiento de los expresados asuntos.

Dado en Bogotá, á 23 de Febrero de 1888.

RAFAEL NUÑEZ.

El Ministro de Gobierno,

Carlos Holguín.

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