Por el cual se modifican los Decretos números 2288, 2289 y 2290 de 1941, sobre personal y asignaciones de Ministerio de Correos y Telégrafos
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo 1º Modifícase el artículo 1º del Decreto número 2289 de 1941, en el sentido de que el sueldo mensual asignado al Guarda Plato-Barbudo (Zona 10), catalogado bajo la Oficina Mixta de Plato, del Departamento del Magdalena, es de $ 28.00, en lugar de $ 38.00.
Artículo 2º Rectifícanse los nombres de las siguientes poblaciones, erradamente anotados en el Decreto número 2289 de 1941, artículo 1º
Departamento de Bolívar:
San Jacinto de Achí, en lugar de San Jacinto de Tenche.
Departamento del Valle:
La Unión, en lugar de Lemos.
Artículo 3º Suprímese en el artículo 1º del Decreto número 2288 de 1941, la Agencia de Correos de Roncesvalles, Departamento del Tolima.
Artículo 4º Hácense las siguientes modificaciones en las denominaciones de los respectivos cargos incluidos en el artículo 1º del Decreto número 2289 de 1941:
Departamento del Atlántico:
Baranoa: "Telegrafista-Administradornone por "Telegrafista.none
Departamento de Boyacá:
Hato de Corozal: "Telegrafista-Administradornone por "Telegrafista.none
Departamento de Nariño:
Barbacoas: "Telegrafistanone por "Telegrafista-Administrador.none
Departamento de Santander:
Puente Nacional: "Telegrafista-Administradornone, en vez de "Telegrafista-Jefe.none
Departamento del Tolima:
Ortega: "Telegrafista-Administradornone en vez de "Telegrafista.none
Departamento del Valle:
Andalucía: "Telegrafista-Administradornone en vez de "Telegrafista.none
Artículo 5º Hácense las siguientes modificaciones en las denominaciones de los respectivos cargos incluídos en el artículo 1º del Decreto número 2290 de 1941:
Departamento del Valle:
Puerto Merizalde: noneJefe Radio-Administrador de Correosnone en vez de "Jefe Radionone.
Intendencia del Chocó:
Acandí: "Jefe Radio-Administrador de Correosnone, en vez de "Jefe Radio.none
Nuquí: "Jefe Radio-Administrador de Correosnone en vez de "Jefe Radio.none
El presente Decreto rige desde su fecha.
Dado en Bogotá a 27 de enero 1942.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
El Ministro de Correos y Telégrafos,
Luís BUENAHORA
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