por el cual se suprimen unos cargos de la Planta de Personal de empleados públicos del Ministerio de Defensa Nacional al servicio de la Secretaría General, Comando General, y de las Fuerzas Militares
El Presidente de la República de Colombia en ejercicio de las facultades legales conferidas por el numeral 14 del Artículo 189 de la constitución Política
DECRETA:
Artículo 1°. Suprímense los siguientes cargos de la Planta de Personal de empleados público de la Secretaría General del Ministerio de Defensa Nacional establecida mediante Decreto número 617 de marzo 31 de 1993
1 Uno Especialistas de primer grupo
1 Uno Especialistas de segundo grupo
Subtotal de la Secretaría General 2
Artículo 2°. Suprímense los siguientes cargos de la planta de personal de empleados públicos del ministerio de defensa al servicio del comando general, de las fuerzas militares, del ejército, la armada y la fuerza aérea, establecida mediante decreto no. 1748 de 1993:
Comando General de las Fuerzas Militares
| 6 | Seis | Epecialista del primer grupo | Epecialista del primer grupo |
|---|---|---|---|
| 1 | Uno | Epecialista del primer grupo | Epecialista del primer grupo |
| subtotal Comando General de las Fuerzas Militares | subtotal Comando General de las Fuerzas Militares | subtotal Comando General de las Fuerzas Militares | 7 |
Ejercito
| 417 | Cuatrocientos diecisiete | Epecialista del primer grupo |
|---|---|---|
| 48 | Cuarenta y ocho | Epecialista del segundo grupo |
| 214 | Doscientos catorce | Adjuntos |
| 26 | Veintiséis | Auxiliares |
| Subtotal Ejercito | Subtotal Ejercito | 705 |
Armada
| 148 | Ciento cuarenta y ocho | Ciento cuarenta y ocho | Epecialista del primer grupo |
|---|---|---|---|
| 58 | Cincuenta y ocho | Cincuenta y ocho | Epecialista del segundo grupo |
| 232 | Doscientos treinta y dos | Doscientos treinta y dos | Adjuntos |
| 7 | Siete | Siete | Auxiliares |
| Subtotal Armada | Subtotal Armada | 445 | 445 |
Fuerza Aérea
| 72 | Setenta y dos | Epecialista del primer grupo | Epecialista del primer grupo |
|---|---|---|---|
| 24 | Veinticuatro | Epecialista del segundo grupo | Epecialista del segundo grupo |
| 104 | Ciento cuatro | Adjuntos | Adjuntos |
| 7 | Siete | Auxiliares | Auxiliares |
| Subtotal Fuerza Aérea | Subtotal Fuerza Aérea | Subtotal Fuerza Aérea | 207 |
| Total Fuerzas Militares | Total Fuerzas Militares | Total Fuerzas Militares | 207 |
| Gran Total | Gran Total | Gran Total | 1366 |
Artículo 3º. Dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes a la vigencia de este Decreto, el Director General del Instituto de Salud de las Fuerzas Militares incorporará, teniendo en cuenta que se cumplan los requisitos para el cargo asignados por las normas respectivas, al personal que se desempeñe en los empleos de la Secretaría General del Ministerio de Defensa Nacional, Comando General, Ejército, Armada y Fuerza Aérea que por este decreto se suprimen. mientras se efectúa dicha incorporación, continuaran perteneciendo a la planta de personal de la Secretaría General, Comando General y Fuerzas Militares.
Artículo 4º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica las normas que le sean contrarias, en especial lo pertinente al decreto no.1748 de 1993 y el decreto no.617 de 1993.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., 23 enero de 1996
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
Guillermo Perry Rubio.
El Ministro de Defensa Nacional
Juan Carlos Esguerra Portocarrero.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública
Eduardo González Montoya.
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