Por el cual se dicta una disposición en el ramo de Prisiones

Rango Decreto
Publicación 1919-09-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y teniendo en cuenta que el inspector Jefe de la Sección de presidio de Sibaté no puede atender a un mismo tiempo a los trabajos de esa Sección y a los que se ejecutan en la de Guadalupe, la que por su numeroso personal requiere una activa vigilancia, decreta:

Artículo único. Crease el puesto de inspector Jefe de la Sección de presidiarios destinados a los trabajos de la carretera de Guadalupe, con la asignación de ochenta pesos ($ 80) mensuales, y nombrase para desempeñar tal puesto al señor Rafael Guevara Martínez

Parágrafo. El gasto que ocasiones el cumplimiento del presente Decreto se tomara de la partida que se fija en el capítulo 13, establecimientos de castigo, articulo 234, parágrafo 5°, del actual presupuesto "para alumbrado, útiles de escritorio, medicinas y demás gastos de las penitenciarías," y de la que con semejante imputación se señala para tales gastos en las vigencias siguientes.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 3 de septiembre de 1919.

MARCO FIDEL SUAREZ - El ministro de Gobierno Marcelino ARANGO

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