por el cual se suprimen unos cargos en el Ministerio de Obras Públicas (Sanidad)

Rango Decreto
Publicación 1949-06-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Quince días después de la fecha del presente Decreto, suprímanse los .siguientes cargos, dependientes del Ministerio de Obras Públicas.

Parágrafo. En consecuencia, a partir de la vigencia del presente Decreto, declaránse insubsistentes los nombramientos correspondientes a los cargos a que se refiere el artículo anterior.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 13 de junio de 1949.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Obras Públicas,

VíctorARCHILA BRICEÑO

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