Por el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1975 (Ministerio de Hacienda y Crédito Público), Por $ 16.414.489.73
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando:
Que el numeral 1º del artículo 42 de la Ley 15 de 1974, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos tributarios o del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;
Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración Pública y el normal cumplimiento de los programas de desarrollo económico y bienestar social abrir unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público por $ 16 414.489.73;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 25 de 1975 por $ 16.414.489.73 para financiar los créditos adicionales de que trata este Decreto, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios:
decreta:
Artículo 1º Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1975 en la cantidad de diez y seis millones cuatrocientos catorce mil cuatrocientos ochenta y nueve pesos con setenta y tres centavos ($ 16.414.489.73) moneda legal, que con base en el Certificado de Disponibilidad número 25 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República se incorporarán con imputación al siguiente numeral:
| PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL Capítulo VIII b) Otras Tasas y Multas | PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL Capítulo VIII b) Otras Tasas y Multas | PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL Capítulo VIII b) Otras Tasas y Multas |
|---|---|---|
| Numeral 49. Producto de la venta de las publicaciones de carácter tributario | $ | 16.414.489.73 |
| Suma el recurso: | $ | 16.414.489.73 |
Artículo 2º Con base en el recurso de que trata el artículo anterior; ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975.
| PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Hacienda y Crédito .Público CAPITULO 141 Dirección General de Impuestos Nacionales Programa 141 Administración y Recaudación de Impuestos | PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Hacienda y Crédito .Público CAPITULO 141 Dirección General de Impuestos Nacionales Programa 141 Administración y Recaudación de Impuestos | PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Hacienda y Crédito .Público CAPITULO 141 Dirección General de Impuestos Nacionales Programa 141 Administración y Recaudación de Impuestos | PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Hacienda y Crédito .Público CAPITULO 141 Dirección General de Impuestos Nacionales Programa 141 Administración y Recaudación de Impuestos |
|---|---|---|---|
| 106 111 213. | Artículo 1424-A. Aportes Fondo de Divulgación Tributaria | $ | 15.000.000.00 |
| CAPITULO 146 Dirección General de Servicios Administrativos Programa 146 Servicios Administrativos Gastos Generales | |||
| Artículo 1490-A. Pago de vigencias .expiradas por concepto de gastos generales | 1.414.489.73 | 1.414.489.73 | |
| Suman los créditos adicionales: | $ | 16.414.489.73 | 16.414.489.73 |
Artículo 3º Con la partida destinada al Fondo de Divulgación Tributaria, se podrán legalizar los compromisos adquiridos desde 1a creación del Fondo hasta la fecha.
Artículo 4º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 25 de agosto de 1975.
alfonso lopez michelsen
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Botero Montoya.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.