Por el cual se establecen unas Oficinas Telegráficas y se crean unas plazas

Rango Decreto
Publicación 1902-11-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,

En uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Art. 1.° Restablécense las Oficinas Telegráficas de Une y Chipaque, con el siguiente personal:

Un Telegrafista Jefe, un Cartero y las asignaciones correspondientes, fijadas en el Decreto número 1,605, de 31 de Octubre próximo pasado.

Art. 2.° Créase la plaza de Inspector seccional de Telégrafos en el trayecto del Líbano á Manizales, con el ramal del Fresno á Soledad, con la asignación mensual correspondiente, fijada en el Decreto citado en el artículo anterior.
Art. 3.° Créase la plaza de Ayudante del Mecánico de la Dirección general de Correos y Telégrafos, con la asignación mensual de trescientos pesos ($ 300).

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 18 de Noviembre de 1902.

JOSÉ MANUEL MARROQUÍN

El Subsecretario de Gobierno, encargado del Despacho,

ANTONIO GUTIÉRREZ RUBIO

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