por el cual se otorga una franquicia postal

Rango Decreto
Publicación 1950-06-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° Dentro de las normas reglamentarias de los Decretos 406 y 1911 de 1949, otórgase franquicia postal, inclusive en el servicio urbano, para la Revista de la Sanidad Militar de Colombia, que se edita en el Estado Mayor General.
Artículo 2° La franquicia concedida por medio del artículo anterior no exime del pago de las sobretasas a que se refieren las Leyes 75 de 1936 y 2 de 1946.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 19 de mayo de 1950.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Correos y Telégrafos,

General Gustavo ROJAS PINILLA

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